CONSUMIDORES. El conocimiento de sus derechos le permite al consumidor defender sus intereses en el mundo del mercado, y que bajo una estructura legal se garantice el cumplimiento de normas que lo protejan. El consumidor tiene ocho derechos básicos: (1) Satisfacción de sus necesidades básicas. (2) Seguridad en el consumo. (3) Derecho a la información. (4) La libre elección. (5) Representación. (6) Compensación. (7) Educación, y (8) Medio ambiente saludable. Cada uno de estos derechos del consumidor está reconocido mediante convenios internacionales promovidos por la Asociación Internacional de Consumidores. En 1985, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un conjunto de recomendaciones y fundamentos en favor de los consumidores. A partir de estos ocho derechos, se promueven las acciones y políticas legales propias de cada país en beneficio de los consumidores. Son deberes del consumidor: (1) Conciencia crítica, (2) Acción, (3) Preocupación social, (4) Conciencia ambiental (5) Solidaridad, y (6) Responsabilidad. Cada deber del consumidor expresa situaciones en las que los ciudadanos deben prestar atención. Cada deber del consumidor está consignado, según la legislación de cada país, en el organismo oficial que rige, supervisa y promueve la relación de consumo entre, principalmente, los agentes de ventas en general y prestación de servicios. Los deberes y derechos del consumidor están resumidos en legislaciones de cada país, de acuerdo con sus necesidades. (Vea El defensor o el legionario)Además en Panorama
Derechos y deberes
17 sep 2005 - 05:00 AM
