El diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Pedro Miguel González no descarta que la Asamblea Nacional apruebe por insistencia, el proyecto de ley blindaje en caso de que el presidente de la República, Juan Carlos Varela, vete el proyecto aprobado esta semana en el legislativo.
"Si (las razones del veto) son los argumentos del Colegio Nacional de Abogados, que no tienen mayor peso ni sustento en materia constitucional, entonces podríamos aprobarla por insistencia y que fuera la Corte Suprema de Justicia la que decidiera en este caso", precisó en entrevista para La Prensa.
"Tendríamos que analizar el veto presidencial si se diera. Si encontramos validez y peso en los argumentos del Ejecutivo, podríamos hacerle modificaciones para darle viabilidad", añadió.
Durante esta semana, el Colegio Nacional de Abogados pidió al presidente de la República, Juan Carlos Varela, vetar el proyecto de ley 214, que modifica la Ley 55 de 2012 (ley blindaje) y que establece prerrogativas a diputados, magistrados de la Corte Suprema de Justicia y al propio Presidente al momento de ser procesados.
El veto también ha sido exigido por el Movimiento Independiente (Movin), Transparencia Internacional, además de exprocuradores y la diputada independiente Ana Matilde Gómez.
Si Varela veta el proyecto, la Asamblea podría aprobarlo por insistencia, para lo cual necesitarían 48 votos.
El pasado lunes, la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate mantener prueba sumaria y la exigencia de que esta sea “idónea”, como requisito para presentar denuncias o querellas contra el Presidente de la República, los magistrados de la CSJ y los diputados de la Asamblea Nacional o del Parlamento Centroamericano (Parlacen).
A pesar de que el proyecto 214 amplía de dos a cuatro meses el tiempo para investigar a los funcionarios señalados, estos gozan de privilegios en comparación con lo que establece el sistema judicial para el resto de los ciudadanos, es decir, seis meses.
La nueva norma establece que las medidas cautelares en procesos contra diputados y magistrados solo podrán ser aplicadas previa autorización de la mayoría absoluta de los plenos de la Asamblea y de la CSJ.