DISCAPACITADOS.

Ley 42 no cumple su objetivo

La Ley 42 de 27 de agosto de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, no ha rendido, en la práctica, los frutos esperados en materia de estabilidad laboral.

Este es el criterio de Jessica Velasco, delegada especial de la Defensoría del Pueblo para la Protección y Promoción de las Personas con Discapacidad, quien revela que de los nueve casos que atendió en 2005, solo en uno se logró el reintegro, el de un joven médico a quien el Ministerio de Salud destituyó pese a su discapacidad. Las demás instituciones, dijo, ni siquiera han respondido.

La forma en que está redactado el texto de la ley, sostiene, no ofrece un amparo real a los discapacitados y mucho menos a sus padres.

En vista de ello, si una persona discapacitada o el padre de una de ellas es despedido, deberá agotar los recursos que provee la vía gubernativa. En caso de que el fallo no le sea favorable, habrá de acudir a la Corte Suprema, acotó.

Si bien la ley protege al discapacitado en cuanto a contratación de servicios, no lo hace al momento de sufrir el despido, dado que se invoca que el cargo es de libre nombramiento y remoción.

Un ejemplo es el de Luis Atencio Marín, quien fue destituido hace un año del MEF, a pesar de su discapacidad dorsal. A la fecha, sigue luchando para ser reintegrado.

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