Una demanda para que se declaren inconstitucionales las comisiones que cobran los cónsules de marina mercante fue presentada ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el martes 14 de noviembre.
Y es que el pasado mes de agosto, el Consejo de Gabinete modificó el decreto que autoriza el establecimiento y pago de honorarios consulares por servicios prestados, y avaló que los cónsules cobren una comisión. Un Consulado, de acuerdo al decreto, tiene derecho a cobrar hasta un 10% de lo recaudado mensualmente. De eso porcentaje, el cónsul cobra un 70% y el resto es repartido entre el personal.
La demanda es promovida por el abogado y exembajador en Paraguay Roberto Ruiz Díaz, quien alegó que este decreto estaría violando varios artículos de la Constitución, entre ellos el 303 que dice que los servidores públicos no pueden recibir dos salarios; y el artículo 19 que establece que no habrá fueros o privilegios.
Ruiz Díaz dijo que lo que se busca con esta demanda es "eliminar el privilegio" que tienen los cónsules de marina mercante. "Hay casos como Japón, Corea del Sur, India, Vietnam, Grecia, Filipinas, etcétera, en donde la sola comisión puede ser mucho más que el salario".
Explicó que la Constitución prohíbe recibir dos sueldos por el mismo trabajo, salvo que una ley lo otorgue, como es la de presupuesto general del Estado que reconoce los viáticos y gastos de representación. Pero en este caso, un decreto de Gabinete "no es una ley, y en ella le da esa remuneración adicional solo a los de marina mercante y no a los otros cónsules".
"Adicional, le da ese beneficio por lo que recaudan, pero ese derecho no se le reconoce mensualmente a los de la Dirección General de Ingresos que recaudan anualmente, y a otros funcionarios", señaló.
El Consejo de Gabinete aprobó el Decreto de Gabinete No. 26 del 14 de agosto de 2017, sobre las remuneraciones que reciben los cónsules de marina mercante. Esta norma modificó el Decreto de Gabinete No. 75 del 11 de junio de 1990.
