En el actual debate sobre el restablecimiento del récord policivo surge una nueva arista. Con la eventual desaparición de la Policía Técnica Judicial (PTJ), a finales de este año, se abre la interrogante sobre cuál será la entidad responsable de emitir y mantener actualizado este documento oficial.
Al referirse al tema ayer, la procuradora de la Nación, Ana Matilde Gómez, aclaró que no se opone a que haya un documento que registre los antecedentes penales y policivos; sin embargo, señaló que el perfil de antecedentes penales no debe exigirse de manera general, sino para algunos casos de carácter sensitivo.
Como ejemplo, Gómez citó los empleos en los que se manejan armas de fuego y en los que se tiene acceso a la intimidad de los hogares o que lidien con menores de edad e, incluso, los relacionados con la conducción de vehículos de transporte público.
En ese sentido, opinó que además del récord policivo, los empleadores deben buscar la fórmula para crear un perfil de conducta de sus empleados.
No obstante, Gómez dejó sentada su preocupación sobre el organismo encargado de emitir el prontuario.
Y es que, según explicó, la PTJ, organismo encargado de certificar el documento, posiblemente desaparezca a finales de este año tras la aprobación del proyecto de ley No. 294 –en agenda legislativa para discusión–, por lo que se tiene que establecer qué ente heredará la tarea.
En tanto, el diputado oficialista Jorge Hernán Rubio, proponente del proyecto 190, que busca restablecer el historial penal-policivo, dijo que originalmente se tenía contemplado que fuera la PTJ el organismo encargado de certificar y llevar estos archivos Pero con la posibilidad de la desaparición de esa entidad, se trabaja en una modificación dirigida a que sea la Dirección de Investigación Judicial –uno de los dos organismos en que se podría dividir la PTJ– la encargada de dicha labor.
Rubio aclaró que el proyecto de reformas a la ley de la PTJ que presentó el Ejecutivo no incluye el récord policivo.
Actualmente, el récord policivo se rige por la Ley 66 de 2001, la cual precisa que solo se tendrá acceso al historial y se expedirán los datos en caso de investigación penal o por solicitud de un juez competente.
