Registro Público restringe información

Registro Público restringe información
Registro Público restringe información

El Registro Público restringió el acceso a la información sobre sociedades anónimas, fincas, bienes inmuebles y naves, que desde el año 2005 estaba disponible en su sitio web.

Ahora, para obtener información, los internautas deben registrarse y obligatoriamente llenar un formulario que exige nombre y apellido, número de cédula, país, nombre de la empresa para la que trabaja, teléfonos, correo electrónico y contraseña.

Estos requerimientos son exigidos desde el pasado 1 de enero. En octubre de 2010, la página web ya había sido rediseñada.

El director de Tecnología del Registro Público, Gabriel Sánchez, aseguró que ya se han registrado 4 mil 389 password (contraseñas).

Sánchez explicó que con el nuevo registro de usuarios se pretende establecer un “filtro de seguridad”, ya que el sitio en internet era vulnerable a “piratas” y personas que podrían dar “un mal uso a la página”.

“Básicamente es para garantizar la seguridad jurídica de la información que se sube al portal. No es para verificar o vigilar a las personas que lo utilizan ”, explicó.

No obstante, reconoció que ahora se puede bloquear o negar la entrada de cualquier persona.

Detalló que toda la información está guardada en una base de datos, que costó 1.5 millón de dólares.

Pese a las supuestas buenas intenciones esgrimidas por Sánchez, haber restringido la información del Registro Público iría en contra de lo establecido en la Ley 6 de 2002, conocida como Ley de Transparencia.

La norma señala que toda persona tiene derecho de obtener información sobre asuntos “en trámites en curso, en archivos, en expedientes, documentos, registros, decisiones administrativas o constancias de cualquier naturaleza en poder de las instituciones”.

La ley solo clasifica como de acceso restringido la información relativa a la seguridad manejada por los estamentos de seguridad; los secretos comerciales; los asuntos relaciones con procesos jurisdiccionales; la información sobre yacimientos; las notas y correspondencia diplomática; las actas de Gabinete, y las transcripciones de las comisiones legislativas.


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