El Tribunal Electoral (TE) reglamentó un artículo del Código Electoral que prohíbe a precandidatos y a candidatos a cargos de elección popular participar, desde la convocatoria al proceso electoral, en eventos de inauguración de obras o actividades financiadas con fondos públicos.
De participar en estos eventos estarán sujetos a la pena de inhabilitación de su candidatura, advirtió el Tribunal.
La institución explicó que la convocatoria del proceso electoral se hará un año antes del día de las elecciones en 2019, es decir, el próximo mes de mayo. A partir de esa mes, ninguno de los aspirantes podrá estar en los eventos antes mencionados.
De acuerdo al Decreto 10 del 9 de febrero de 2018, que regula esta materia, el TE reconoce como precandidato aquellos que se hayan presentado formalmente como aspirante a la libre postulación y los postulados por los partidos políticos. También reconocerá aquellos que antes o a partir de la convocatoria hayan expresado o expresen públicamente su intención de aspirar a un cargo de elección popular, ya sea por la libre o por partido político.
"Por participación en los eventos y actividades previstas en el artículo 243 del Código Electoral, se entiende aquella participación activa en la que la persona pueda sacar provecho político frente al electorado por razón de su presencia física en el acto", señala el decreto.
En las últimas semanas, actuales funcionarios -como ministros de Estado- han sido blanco de duras críticas por su participación en eventos no relacionados a sus labores. En las redes sociales denuncian que estarían haciendo campaña política.
El TE recordó que está vigente la veda electoral. Esta veda se levantará 45 días antes de las primarias de los partidos políticos y 60 días antes de las elecciones generales (5 de mayo de 2019).
