El pasado 11 de diciembre, el presidente, Martín Torrijos, y su ministro de Trabajo, Edwin Salamín, firmaron el Decreto Ejecutivo 46 de esa fecha, con las nuevas tasas de salario mínimo. De forma genérica, se habló de 325 dólares para trabajadores de la gran empresa y 310 dólares para los de la pequeña empresa.
Sin embargo, la realidad es que este salario solo se aplica en la región 1 (Panamá, San Miguelito y Colón) y para ciertas actividades económicas.
No son todos
Nilka Urriola, jefa del Departamento de Productividad y Salarios del Ministerio de Trabajo, explicó que no todos los trabajadores cobrarán 310 dólares y 325 dólares al mes. Ello se debe, dijo, a que para calcular el salario se requiere conocer qué actividad realiza la empresa (comercio, industria, agropecuaria, y otras), dado que cada una tiene un salario asignado por hora.
Además, la gran empresa (con más de 10 empleados) no pagará el mismo salario que la pequeña (con 10 ó menos); tampoco un patrono de la capital, San Miguelito o Colón retribuirá igual que lo hace otro en Penonomé o Yaviza.
Así, la región 2 rige para Chitré, Natá, Las Tablas, Aguadulce, Penonomé, Santiago, Bugaba, Barú, David, Changuinola, Capira, Arraiján, La Chorrera, Chepo y Taboga. La región 3 es el resto del país.
Un cálculo no fácil
En fin, el salario resulta de la cantidad de horas laboradas. Así, para que un trabajador en la capital reciba los 325 ó 310 dólares al mes, deberá trabajar 48 horas semanales y no 45, como hacen algunas empresas.
Si usted trabaja en un restaurante con 10 ó menos empleados, en Boquete, ocho horas al día, durante seis días semanales, el cálculo será: 8 horas x 26 días al mes > 208 horas laboradas. Ahora, 208 horas x 1.05 dólar (Boquete está en la región 3) > 218.40 dólares.
Pero si ese restaurante pequeño estuviera en Chitré o Santiago, y si trabajara igual horario, el salario será: 208 horas x 1.18 dólar > 245.44 dólares mensuales.
El Decreto No. 46 establece excepciones. Los oficios del sector agropecuario ganarán un salario para todas las regiones (1.13 dólar/hora para la gran empresa y 1.01/hora para la pequeña empresa); para la pesca será de 1.36 dólar/hora y los agentes de seguridad privada recibirán (1.58 dólar/hora).
Las empresas manufactureras pagarán 1.55 dólar/hora para la gran empresa y 1.39 dólar/hora, para la pequeña en la región 1. Las empresas procesadoras o empacadoras pagarán igual salario que la industria manufacturera.

