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RUTA 2019

Tribunal Electoral confirma que Carlos Santana no puede correr

Tribunal Electoral confirma que Carlos Santana no puede correr
El pasado 11 de abril se conoció que Santana no podría aspirar a la reelecció

Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) no admitieron la apelación presentada por los abogados defensores del diputado Carlos Santana en el proceso que se declaró nula su postulación como candidato a diputado por el partido Panameñista en el circuito 9-1.



El pasado 11 de abril se conoció que Santana no podría aspirar a la reelección de diputado porque el Juzgado Tercero Electoral anuló "por ilegal" su postulación.



Además, el juzgado advirtió que su nombre debe ser retirado de la boleta de votación del circuito 9-1 en la elección general del próximo 5 de mayo.



El fallo de la jueza Edmara Jaén también afecta a la compañera de nómina de Santana, la candidata a diputada suplente Yarinela Alvarado. La decisión de Jaén se conoció este jueves 11 de abril.



Santana es representado por los abogados Herbert Young y Jaime Barroso.



El magistrado del TE ponente de este caso fue Eduardo Valdés Escoffery. Los magistrados decidieron devolver el caso al Juzgado Tercero Electoral.



Las candidaturas de Santana y Alvarado fueron impugnadas por Samid Sandoval Cisneros, candidato a diputado en el 9-1, por el partido Cambio Democrático.



Sandoval Cisneros solicitó que se decretara la nulidad de dichas postulaciones, "ya que las mismas se dieron de manera irregular". La impugnación se basa en que el Partido Panameñista reservó una curul en el circuito plurinominal 9-1.



En las primarias de octubre de 2018 del partido Panameñista, solo fue electo un candidato y la segunda curul se reservó para una posible alianza con el partido Popular. Sin embargo, nunca se concretó. 

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El diputado Carlos Santana queda fuera de la contienda electoral


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