La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) aseguró que no tiene interés en limitar el acceso a la información pública de los ciudadanos.
Esto, como parte de los planes de reforma de la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002, que dictó normas para la transparencia en la gestión pública e instauró la acción de habeas data y la Ley No. 33 de 25 de abril de 2013 que creó la Antai.
"La obligatoriedad en la publicación del número de cédula de los servidores públicos está regulado en la Circular No. ANTAI-DS-DTAI-3989-2018 de 31 de agosto de 2018, y hasta la fecha se mantiene vigente”, precisa un comunicado emitido por la institución.
Dicha circular establece que, en la publicación de la planilla, se debe incluir el nombre completo del funcionario, número de cédula, cargo, salario mensual, fecha de inicio de labores y objeto de gasto o número de partida presupuestaria.
Para la ANTAI como ente rector en materia de transparencia, prima el principio de acceso público y lo garantizará para prevenir la corrupción y la impunidad en nuestro país#PorUnPanamáTransparente pic.twitter.com/YBGe4XzP2L
— ANTAI (@ANTAI_Panama) January 17, 2020
Recientemente se informó que la Antai abrió un proceso de consultas de cuatro meses para que la ciudadanía opine sobre los planes del gobierno de Laurentino Cortizo de reformar las dos leyes con que cuenta el país en materia de transparencia y acceso a la información.
A través de las cuentas de correo electrónico ley6@antai.gob.pa y ley33@antai.gob.pa se recibirán sugerencias, comentarios o peticiones para iniciar la primera fase de confección de informe de consultas, que se entregará al Órgano Ejecutivo para redactar posteriormente el proyecto de Ley.

