Avanza interés preferencial en segundo debate, sin artículo 12 y con aumento en una de las tasas

El segundo debate giró en torno a la eliminación del artículo 12 de la Ley 468, que exigía a los bancos a evaluar la capacidad de pago de los deudores, también se aprobó mantener una tasa del 4% en viviendas entre $80 mil y $120 mil.

Avanza interés preferencial en segundo debate, sin artículo 12 y con aumento en una de las tasas
Casas de barriada listas para entrega. Archivo.

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate, este jueves 4 de septiembre, el proyecto de ley 341 que modifica la Ley 468 sobre intereses preferenciales para préstamos hipotecarios, en medio de cuestionamientos por la derogación del artículo 12.

La disposición que sería derogada exigía a los bancos a realizar evaluaciones de la capacidad de pago de sus clientes una vez concluido el periodo de interés subsidiado.

Diputadas como Alexandra Brenes, de la coalición Vamos y Grace Hernández, de la bancada Seguimos y el Movimiento Otro Camino (Moca), hicieron fuertes cuestionamientos por las modificaciones presentadas a la Ley 468.

Hernández advirtió en una emotiva intervención que el proyecto “no está pensado en la gente”.

Por su parte, Carlos Berguido, presidente de la Asociación Bancaria de Panamá, explicó que “el artículo 12 lo que hace es traer otro riesgo [además del préstamo a 30 años] de muy difícil manejo, que se presta para ser una fuente de tácticas dilatorias al momento de que un banco tenga que ejecutar una hipoteca" .

La votación para eliminar el artículo polémico terminó con 39 votos a favor, 4 abstenciones y 1 voto en contra.

Otro aspecto discutido en segundo debate fue la propuesta de reducir la tasa subsidiada de 4% a 3.5% en el tramo de viviendas de entre $80,000 y $120,000. Finalmente, en el pleno se decidió aprobar que la ley se quede con la tasa de 4% para ese segmento. El sector inmobiliario y de constructoras de vivienda estuvo de acuerdo con el aumento.

El proyecto 341 pasará ahora a tercer debate en la Asamblea Nacional. Entretanto, la Ley 468 permanece suspendida hasta el 31 de diciembre de 2025, y sigue vigente la Ley 3 de 1985 hasta que eso ocurra.


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