Con el fin de reformar la gestión del recurso humano en el Estado, una subcomisión de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social aprobó esta semana la metodología para evaluar el proyecto de ley 390, presentado por el Órgano Ejecutivo. La iniciativa propone derogar la Ley 9 de 1994 y renovar por completo el sistema de Carrera Administrativa.
El diputado Edwin Vergara, presidente de la subcomisión, explicó que el análisis se realizará por bloques. El primero comprende los artículos del 1 al 33; el segundo, del 34 al 80; el tercero, del 81 al 156; el cuarto, del 157 al 226; y el último, del 227 al 267.
Vergara subrayó que los gremios y organizaciones interesadas podrán enviar sus observaciones por escrito en un plazo de cinco días hábiles a partir de la convocatoria.

El proyecto apunta a profesionalizar la administración pública mediante un nuevo marco legal que haga más ágil y transparente la gestión del talento humano. Entre sus disposiciones, establece que la carrera administrativa regulará los procesos de nombramiento, ascenso, sanciones, traslados, destituciones, cesantía y jubilación de los servidores públicos que no pertenezcan a otras carreras especiales.
La planilla
La planilla del Estado panameño, integrada por unos 260,000 funcionarios, representa uno de los mayores compromisos fiscales del país. Según cifras oficiales, el gasto mensual en salarios ronda los 430 millones de dólares, lo que equivale a más de 5,000 millones anuales destinados únicamente al pago de sueldos brutos. Estas cifras reflejan la magnitud del aparato público.
Una de las modificaciones más relevantes es la exigencia de que los funcionarios aprueben dos evaluaciones de desempeño al año para poder aspirar a la estabilidad en la carrera.
El articulado define tres modalidades de evaluación: ordinaria, complementaria y extraordinaria. Todas deberán aplicarse mediante sistemas tecnológicos certificados, con el fin de garantizar objetividad e imparcialidad.
El ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, presentó el Proyecto de Ley, que subroga la Ley 9 de 20 de junio de 1994, que establece y regula la Carrera Administrativa. pic.twitter.com/zqVT2oAta4
— Asamblea Nacional (@asambleapa) September 17, 2025
También se especifica que el ingreso a los cargos de carrera será exclusivamente por concursos basados en mérito y competencias, con el propósito de evitar discrecionalidad en los procesos de selección.
Según los datos oficiales, solo el 5% de los funcionarios (13,086 trabajadores, de un total de 260,000) se encuentra en estatus de Carrera Administrativa, lo que limita la realización de evaluaciones.
En la sesión del Legislativo participaron representantes de la Federación de Servidores Públicos, la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Administrativo y organizaciones de la sociedad civil, quienes expusieron posturas a favor y en contra de la propuesta oficialista.
Algunos planteamientos
Por ejemplo, el defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc, subrayó que el debate debe abordar la brecha entre las condiciones laborales del sector privado y las del sector público, con el fin de brindar mayor transparencia y certeza jurídica en la gestión estatal.
Leblanc también insistió en que la ley incorpore de forma explícita la erradicación del conflicto de intereses como principio rector para reforzar la ética y la confianza ciudadana.
En su revisión del primer bloque del proyecto —artículos 1 al 33— cuestionó los requisitos de edad para los cargos de director y subdirector de la Dirección General de Carrera Administrativa, señalando que deben primar la formación y la experiencia.
El proyecto también regula el ingreso a la carrera: los funcionarios deberán someterse a concursos regulares de antecedentes, exámenes de oposición, pruebas psicotécnicas y entrevistas registradas. De esta forma, se busca cerrar los espacios de discrecionalidad y fortalecer el principio de meritocracia en la función pública.
En cuanto a los cargos de libre nombramiento y remoción, se delimita claramente su alcance. Estos puestos —destinados a tareas de asesoría, asistencia o confianza— quedarán fuera de la nómina regular y dependerán de la relación de confianza con la autoridad nominadora.


