La Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentaria y Asuntos Judiciales de la Asamblea Nacional no admitió este lunes 22 de septiembre seis denuncias presentadas contra el presidente de la República, José Raúl Mulino.
El diputado del Partido Panameñista, José Luis Varela, miembro de esa instancia, fue uno de los primeros en exponer los argumentos que llevaron al archivo de los expedientes.
Varela detalló que la primera denuncia, identificada con la carpeta 012, se basaba en declaraciones del mandatario sobre la exportación de material extraído de la mina de Donoso.
El diputado recordó que el artículo 257 de la Constitución establece que los recursos minerales pertenecen al Estado y que su manejo corresponde al presidente de la República y al Consejo de Gabinete.
Bajo ese argumento, la denuncia carecía de fundamento y no podía ser admitida por la comisión.

Memorando
En su intervención, Varela agrupó también las denuncias numeradas como 013, 015 y 016. Todas ellas cuestionaban el Memorando de Entendimiento firmado con Estados Unidos.
El diputado aclaró que no se trataba de un tratado internacional ni de un convenio multilateral, por lo que no requería la aprobación de la Asamblea Nacional.
Apoyado en el Convenio de Viena, Varela subrayó la diferencia entre un tratado que obliga al Estado y un acuerdo bilateral que forma parte de las facultades del Ejecutivo.
Con base en esa interpretación, las denuncias tampoco encajaban dentro de las causales de sanción contempladas en el artículo 191 de la Constitución.

El Memorando de Entendimiento entre Panamá y Estados Unidos, firmado en abril pasado, contempla entrenamientos conjuntos, cooperación en seguridad marítima y cibernética, además de mejoras en antiguos sitios militares.
Mientras el Gobierno asegura que no implica bases permanentes ni afecta la soberanía, sectores críticos advierten riesgos para el Tratado de Neutralidad del Canal.
Otras denuncias
Otra denuncia se originó por unas declaraciones de Mulino en un pódcast. El documento acusaba al presidente de delitos tipificados en el Código Penal, pero Varela recalcó que la Constitución solo permite procesar a un mandatario por tres causales: usurpación de funciones, violencia electoral u obstrucción de la Asamblea, y delitos contra la personalidad del Estado o la administración pública.
A juicio del diputado, la denuncia no cumplía con ninguno de esos criterios. Algo similar ocurrió con la carpeta 020, un voluminoso documento de 77 páginas que Varela describió como “más un libro de ficción que una denuncia”, debido a la falta de coherencia y de pruebas que vincularan al presidente con los señalamientos.

A su postura se sumaron otros diputados, como Yamileth Chong, de Vamos, quien recalcó que las denuncias carecían de pruebas fehacientes y que algunas confundían competencias que correspondían al Órgano Judicial, no al Legislativo.
Chong aclaró que su voto a favor del archivo no significaba respaldo político al Ejecutivo, sino apego a la legalidad.
El también diputado de Vamos, Augusto Palacio, intervino para destacar que la comisión debía actuar con responsabilidad y objetividad.
Según explicó, tras revisar los artículos 88 y 89 del Código Procesal Penal, el análisis de forma y fondo revelaba que no existían elementos suficientes para admitir las denuncias ni iniciar un proceso de judicialización.

En esa misma línea coincidió el diputado del partido Movimiento Otro Camino, Ernesto Cedeño.
Finalmente, todos coincidieron en que no existían elementos probatorios suficientes y que, en consecuencia, ninguna de las denuncias contra el presidente Mulino debía ser admitida.


