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Cortizo ordena el cierre de comercios y empresas, salvo farmacias, supermercados, bancos, gasolineras...

Cortizo ordena el cierre de comercios y empresas, salvo farmacias, supermercados, bancos, gasolineras...
Centros comerciales acatan orden del Minsa tras casos de Covid-19 en Panamá. Foto: Isaac Ortega

El presidente Laurentino Cortizo ordenó, mediante Decreto Ejecutivo No. 500 del 19 de marzo de 2020, el cierre temporal de establecimientos comerciales y empresas en todo el país, por 30 días, a partir de la medianoche de este viernes 20 de marzo.

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Decretan cerco sanitario y cierre del espacio aéreo Toque de queda y un hospital exprés para contener el virusToque de queda de 9 p.m. a 5 a.m., a partir de esta noche, para combatir el coronavirusSupermercados anuncian sus nuevos horarios por el toque de queda

La medida, que fue publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 28985 del 20 de marzo de 2020, exceptúa a 11 actividades o industrias:

* Toda la cadena de producción, distribución, comercialización y venta de: alimentos, medicamentos y productos de higiene (farmacias), equipos de seguridad, materiales de construcción (ferreterías, distribuidoras de tanques de gas), insumos veterinarios y agrícolas, distribuidoras de equipos médicos, imprentas, lavanderías y fabricantes de empaques e insumos.

* Todo lo relacionado con transporte marítimo, terrestre y aéreo, y logística: Canal de Panamá, aeropuertos, servicios de naves y aeronaves, puertos, Metro de Panamá, MiBus, gasolineras.

* Todo lo relacionado a seguridad privada.

* Abogados idóneos para el ejercicio de la defensa de personas detenidas en el toque de queda de 9 pm a 5 am.

* Restaurantes (sólo para entrega a domicilio y órdenes para llevar).

* Empresas de distribución, suministro y transporte de combustible.

* Banca, financieras, cooperativa y seguros.

* Empresas que prestan servicios públicos: comunicaciones y transporte, call centers, gasolineras, luz y energía eléctrica, limpieza, aprovisionamiento y distribución de agua, sanitarios, hospitales, clínicas privadas, veterinarias, funerarias, servicios de cremación y cementerios.

* Industria de la construcción: fabricación y despacho de concreto, cemento y derivados, canteras.

* Industria agropecuaria.

* Equipos médicos hospitalarios, medicamentos, vacunas.

Lea el Decreto Ejecutivo No. 500 del 19 de marzo de 2020 aquí.

Los infractores se exponen a las sanciones contempladas en la Ley 40 de 2006, que faculta a las autoridades a imponer desde una amonestación o llamado de atención escrito, a multas por hasta $100 mil y la clausura temporal o definitiva de los establecimientos.

El Decreto Ejecutivo, firmado por Cortizo y la ministra de Salud, Rosario Turner, fue publicado en Gaceta Oficial, 11 días después que las autoridades anunciaran el primer caso de coronavirus en Panamá.

Las autoridades, hasta ahora, han contabilizado 136 casos de coronavirus y un fallecido.

“Existe la inminencia en el crecimiento de casos, por lo que es probable que el virus se expanda en los hogares y comunidades del país, por lo que se requiere del apoyo y colaboración de la población y de las autoridades locales”, señala el Decreto Ejecutivo firmado por Cortizo y Turner.

Ambos ya habían firmado una orden anterior para declarar el toque de queda, de 9:00 p.m.. a 5:00 a.m., a partir del pasado miércoles 18 de marzo.




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