Debate cerrado en la CNRE: aprueban limitar fuero penal electoral pese a oposición de partidos

El fuero garantiza a los participantes en los procesos electorales no ser investigados sin que exista autorización del Tribunal Electoral.

Debate cerrado en la CNRE: aprueban limitar fuero penal electoral pese a oposición de partidos
Comisión Nacional de Reformas Electorales este 18 de septiembre de 2025. Cortesía/TE

La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) aprobó este jueves 18 de septiembre, en una votación ajustada, reducir el número de personas que gozan del fuero penal electoral durante los periodos electorales.

La propuesta, presentada por el Tribunal Electoral (TE), busca limitar la cantidad de miembros de partidos políticos y delegados que pueden ampararse bajo esta garantía.

“Fue una larga discusión donde hubo un empate y me tocó desempatar”, explicó el magistrado presidente del TE, Narciso Arellano.

La iniciativa, que modifica el artículo 305 del Código Electoral, recibió siete votos en contra (Partido Revolucionario Democrático, Realizando Metas, Molirena, Partido Panameñista, Cambio Democrático, Partido Popular y Partido Alianza) y siete a favor (Movimiento Otro Camino, Fiscalía General Electoral, Libre Postulación, Academia, ONG, empresa privada y trabajadores).

El voto de desempate lo emitió el propio Arellano, con lo que la propuesta quedó aprobada con ocho votos a favor y siete en contra.

La reforma establece que solo mantendrán el fuero penal electoral:

  • los presidentes y secretarios generales de partidos políticos,

  • los candidatos,

  • los miembros de la directiva del cuerpo de delegados electorales,

  • los entes electorales de los partidos políticos,

  • los miembros de las corporaciones electorales y

  • los funcionarios electorales.

Myrtha Varela de Durán, secretaria general del TE, explicó que, tras analizar las funciones y responsabilidades de las personas que deberían tener este fuero, se decidió excluir a los vicepresidentes, pues en muchos partidos hay “un sinnúmero” de ellos, así como a los subsecretarios.

Añadió que solo los miembros de la junta directiva del cuerpo de delegados —que son siete— deben conservar esta protección, lo que reducirá en cientos de personas quienes gocen de la garantía.

El diputado independiente Jorge Bloise, representante del grupo de libre postulación, consideró que lo ideal sería eliminar por completo esta figura, pero calificó la propuesta como un avance. “Se reduce a más de mil personas”, destacó.

En contraste, Alma Cortés, representante del partido Realizando Metas, manifestó su rechazo. A su juicio, excluir a directivos de los partidos políticos es un error y la iniciativa representa “un retroceso”.

Antes de finalizar la sesión de este jueves, Cortés presentó una moción de reconsideración para que se reabra la discusión sobre el artículo 305.

El magistrado Arellano reconoció que la propuesta fue presentada a tiempo y de forma correcta, por lo que será debatida nuevamente el próximo jueves.

Esta prerrogativa ha sido objeto de críticas en los últimos años porque garantiza a los participantes en los procesos electorales no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en alguna causa penal, policiva o administrativa, que tenga pena o sanción de privación de la libertad, sin que exista autorización previa del Tribunal Electoral.


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