A golpe de curul, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó este martes 7 de abril el proyecto de ley 287 que fija una moratoria de 90 días en el pago de compromisos financieros, comerciales, de vivienda y otros. Con esta aprobación el documento pasa a manos del Ejecutivo para su sanción o veto.
La moratoria se daría en los préstamos hipotecarios, personales y comerciales a jubilados. También aplica para tarjetas de crédito, préstamos agropecuarios, y prendarios otorgados por instituciones bancarias, cooperativas, y financieras públicas y privadas.
También habrá moratoria por 90 días, pero no prorrogables, para el cobro de los cánones por arrendamiento de oficinas, locales comerciales y habitacionales.
El proyecto establece que una vez vencido el término de la moratoria, los acreedores, en común acuerdo con los deudores, deberán establecer los mecanismos necesarios para que estos puedan retomar y prorratear el pago de sus compromisos en un periodo de 24 meses, “sin que ello conlleve el cobro de interés, recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos ni afectación en su referencia de crédito”
Sin embargo, solo podrán obtener los beneficios de la ley aquellos ciudadanos que acrediten incapacidad de pago. “Las personas que durante la declaratoria de emergencia sanitaria continúan recibiendo un salario fijo o ingresos regulares producto de su actividad comercial no podrán acogerse a la presente ley”, precisa la propuesta.
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