El gobierno del presidente José Raúl Mulino creó, mediante el Decreto Ejecutivo No. 31 del 13 de octubre de 2025, la Unidad de Coordinación Legal, una instancia que concentrará en el Ministerio de Gobierno la facultad de representar a las instituciones públicas en los procesos penales donde las instituciones públicas actúen como querellantes.
La medida, firmada por el presidente Mulino y la ministra de Gobierno, Dinoska Montalvo, busca “asistir y representar a los ministerios y a las entidades públicas en procesos penales como querellantes”. Pero más allá del lenguaje oficial, de acuerdo a juristas consultados, el decreto marca un cambio estructural en cómo el Estado ejerce su poder legal ante los tribunales: las acciones penales de los ministerios y entidades públicas pasarán por una misma ventanilla, bajo la supervisión directa del Ministerio de Gobierno.

Hasta ahora, cada institución decidía de forma independiente cuándo presentar una querella o cómo proceder ante delitos que afectaran su gestión o su patrimonio. Con esta norma, esa capacidad se centraliza. La nueva unidad podrá asesorar, revisar y tramitar los casos donde se considere necesario iniciar un proceso penal, lo que convierte al Ministerio de Gobierno en el principal coordinador de la acción penal del Estado.
Entre sus funciones destacan la asesoría legal a los ministerios, la revisión y estudio de casos que requieran querellas, la instalación de mesas de trabajo para analizar delitos contra la administración pública, el soporte procesal en la preparación de documentos judiciales y la entrega de informes sobre el avance de los casos. Además, todos los servidores públicos deberán informar a esta unidad sobre los procesos penales donde el Estado requiera representación.
El decreto, publicado en la Gaceta Oficial 30385-A también ordena al Ministerio de Gobierno asignar abogados penalistas y al Ministerio de Economía y Finanzas garantizar el presupuesto necesario para su funcionamiento.
‘Que horror’, dice diputado
El diputado Ernesto Cedeño tildó la medida de “aberración total”.
Este acto administrativo tiene tinte de inconstitucional, toda vez que someten a entes públicos en rango constitucional. Hay independencia de poderes, desde el punto constitucional. A la Asamblea Nacional el ejecutivo no le puede dar órdenes ni al OJ, UP, etcétera. Que horror. pic.twitter.com/q0T6kf3dxy
— ERNESTO CEDEÑO A. (@ernestocedeno) October 14, 2025
“Hay instituciones publicas con rango constitucional que no están sometidas al Ejecutivo ni a sus directrices. Ejemplo: universidades, Contraloría etc. Qué horror”, añadió.


