La Asamblea abre la puerta al ‘olvido penal’ de delitos que incluyen corrupción

Proyecto de ‘derecho al olvido penal’ avanza en la Asamblea y podría borrar registros de delitos de hasta tres años, incluidos casos de corrupción, estafas y violación de comunicaciones.

La posibilidad de cancelar los expedientes y registros policiales de las personas que cometen delitos que no superen los tres años de cárcel, está sobre la mesa.

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Asamblea debatirá el derecho al olvido penal y penas por contenido falso creado con IABenicio Robinson presidirá la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional

La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional que preside el diputado perredista Benicio Robinson, admitió la propuesta presentada por el diputado Isaac Mosquera, que establece el derecho al olvido penal, y en los próximos días irá a primer debate.

Todo ocurrió en la sesión del miércoles 26 de agosto en el salón Azul del Palacio Justo Arosemena.

La Asamblea abre la puerta al ‘olvido penal’ de delitos que incluyen corrupción
Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional. LP/Elysée Fernández

En la sesión de la comisión, Mosquera, diputado del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena), defendió su propuesta alegando entre otras cosas que el derecho al olvido reconoce que las personas pueden cambiar y que el ordenamiento jurídico debe ofrecer una oportunidad real de reinserción, permitiéndoles reconstruir su vida sin que un hecho del pasado las condene para siempre.

Vía libre a la corrupción

Pero Alexandra Brenes, diputada de la bancada Vamos, argumentó que a pesar de que está de acuerdo con los proyectos de “resocialización”, advirtió que el problema “más grande” que tiene el país es la corrupción y la propuesta incluye delitos contra la administración pública que, dijo, no se pueden avalar.

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Alexandra Brenes (centro), diputada de la bancada Vamos. LP/Elysée Fernández

Citó ejemplos. “El servidor público que autorice determinadas obras en parques protegidos, fraude en actos de la contratación pública, uso indebido de bienes públicos, donde las penas previstas son de 1 a 3 años. Yo no podría avalar un proyecto que tenga el olvido de estas penas”.

En efecto, la ley penal establece una pena de hasta tres años de prisión para el funcionario que utilice, en beneficio propio o de un tercero, dinero o bienes del Estado destinados a un fin distinto al previsto.

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Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional. LP/Elysée Fernández

Otro apunta directamente a las licitaciones, pues el Código Penal sanciona tanto a quien manipula un proceso de compras del Estado, concertándose con oferentes para inflar precios, cobrando por dejar o no participar a alguien, o difundiendo información falsa para sacar provecho, como al propio servidor público que, desde su cargo, favorece o perjudica a un participante, con penas que van de seis meses hasta cuatro años, además de quedar inhabilitado para ejercer cargos públicos.

Es justamente este aspecto el que preocupa a Brenes: si el proyecto avanza tal como está, alguien condenado por alguno de estos delitos, con el tiempo podría borrar ese antecedente y volver a ser elegible para un cargo público, sin que quede registro de que en el pasado usó su función para beneficio propio.

Violación de las comunicaciones

Otro de los delitos que entraría en la categoría del derecho al olvido es de la violación de comunicaciones, cuya pena es de uno a tres años.

La diputada recordó que este fue un tema de debate en el país por el caso de los pinchazos, un proceso judicial en el que se investigó la interceptación de comunicaciones privadas de opositores políticos, periodistas y otros ciudadanos durante el gobierno de Ricardo Martinelli.

La legislación panameña protege las comunicaciones privadas en varios niveles, empezando por la propia Constitución.

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Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional. LP/Elysée Fernández

El artículo 29 de la Constitución establece que “la correspondencia y demás documentos privados son inviolables y no pueden ser examinados ni retenidos, sino por mandato de autoridad competente y para fines específicos”.

El Código Penal, mientras tanto, desarrolla esa protección en varios artículos, con penas que suben según la gravedad de la conducta. El artículo 164, por ejemplo, castiga a quien se apodera indebidamente de correspondencia ajena (abrir una carta, leer un mensaje que no le pertenece) con 1 a 3 años de prisión, pena que sube a 2-4 años si además hay divulgación o se saca provecho de lo leído.

Blanqueo de capitales

El artículo 5 del proyecto que presentó Mosquera dice que podrán acogerse a este beneficio los condenados por blanqueo de capitales de cuantía menor a $100 mil.

El documento también dispone el olvido penal para el caso de estafas patrimoniales de hasta $10 mil; por delitos contra el orden económico que no excedan de $50 mil, y por posesión de cannabis para consumo personal en cantidades que no excedan los 10 gramos, siempre que no exista comercialización ni reincidencia.

El proyecto de Mosquera fue prohijado con siete votos a favor y uno en contra: el de la diputada Brenes.

Robinson, presidente de la Comisión de Gobierno, prometió que la propuesta será discutida en primer debate en los próximos días.

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Benicio Robinson, presidente de la Comisión de Gobierno. LP/Elysée Fernández


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