Los acuerdos de pena en casos de agresión sexual contra menores de edad han vuelto al debate público: en las últimas horas, los ciudadanos han visto cómo personas declaradas culpables de violación a niños, niñas y adolescentes, son asignados a trabajo comunitario, en lugar de ingresar a prisión.
Uno de estos casos fue el de Reynaldo Alexis Santana, el destronado rey de la comarca indígena naso Tjër Di, quien fue condenado a cinco años de prisión por violar a una menor de edad con discapacidad en 2016. Pero Santana no irá a la cárcel, ya que un juez de cumplimiento le reemplazó la pena de prisión por trabajo comunitario durante tres años.
En el artículo 220 sobre acuerdos de pena del Código Procesal Penal, no se hace ninguna diferencia entre el tipo de delito por el cual se condena y la posibilidad de acceder a los beneficios del trabajo comunitario. Solo indica que “a partir de la audiencia de formulación de imputación y antes de ser presentada la acusación al juez de garantías, el Ministerio Público y el imputado podrán realizar acuerdos relacionados con: la aceptación del imputado de los hechos de la imputación o acusación, o parte de ellos, así como la pena a imponer”.
Es justamente por este punto que han surgido voces a favor de modificar el Código Procesal Penal. Incluso, en la Asamblea Nacional ya reposan al menos tres iniciativas enfocadas en eso, dos de las cuales están en la Comisión de Gobierno, que preside el diputado perredista Leandro Ávila, y una ya se encuentra lista para segundo debate por el pleno legislativo.

Dos de las tres propuestas que se encuentran en el Legislativo han sido presentadas por ciudadanos y proponen que se establezca en el Código Procesal Penal que “no podrán realizarse acuerdos de pena cuando los hechos de la imputación traten sobre delitos contra libertad e integridad sexual y delitos contra el orden jurídico familiar y el estado civil”.
Además, se pide que en la imputación o acusación, la víctima tenga derecho a participar del acuerdo y oponerse al mismo.
Al menos así lo señala una de las iniciativas más recientes que llegó hace dos semanas a la Asamblea, de la mano de la abogada Zuky Yard.
Esta propuesta, que está pendiente de primer debate, pretende también que se aumenten las penas por los delitos de agresión sexual a menores, una iniciativa que se replican en diversos anteproyectos en el Legislativo.
El proyecto 867, presentado por los ciudadanos Jairo García, José Delgado y Arturo Trelles, también pide eliminar toda posibilidad de acuerdo de pena a los imputados por delitos contra la libertad e integridad sexual.
Mientras que a la espera de recibir segundo debate está el proyecto de ley 858, impulsado por la diputada Fátima Agrazal, que plantea que en los acuerdos, al momento de dosificar la pena a las personas investigadas por delitos contra la libertad sexual de modo agravado, se empiece por la pena máxima del delito, atendiendo a la gravedad de los hechos.
Defensoría del Pueblo apoya reformas

La intención de eliminar los acuerdos de pena para delitos sexuales tiene el respaldo del defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc.
”Estamos en contra los acuerdos de pena, como se han dado en caso de agresiones sexuales en menores de edad y, sobre todo, cuando hay algún tipo de discapacidad”, precisó.
Resaltó que “la pena tiene que ser consecuente con el delito. No puede ser que un delito tan grave y atroz que afecta a la víctima en el momento, en su futuro y a todo su entorno familiar, sea castigado con trabajo comunitario, por ejemplo”.
El ombudsman adelantó que han estado en conversaciones con la Asamblea para reactivar este debate.
En su momento, la Defensoría del Pueblo también presentó una iniciativa dirigida a eliminar los acuerdos de pena, pero esta no aparece en el registro del Legislativo.
En la Asamblea
Desde la Asamblea, el presidente de la Comisión de Gobierno, Leandro Ávila, reconoció que en el periodo pasado no hubo consenso de parte de quienes buscan que se reformen los acuerdos de pena. Para él, es importante que los acuerdos de pena tengan un aval de las víctimas. Adelantó que trabaja con especialistas para poder discutir un proyecto “sin banderías políticas”.
Recordó que en reuniones anteriores desde el Ministerio Público han recordado el hecho de que como estos delitos se cometen en la intimidad son difíciles de probar, por lo que muchas veces un acuerdo de pena al menos permite castigar parcialmente al imputado.

El expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, opina que lo más importante es robustecer al Ministerio Público, para que sus fiscales puedan probar en un juicio las acusaciones.
“Aceptar un acuerdo en muchos casos es aceptar que en juicio no se podría probar el delito y por eso los acuerdos entrañan saber las capacidades del Ministerio Público. Existen casos complejos en donde esa vulneración sexual a los menores no es tarea sencilla por las exigencias de la prueba y, en algunos casos, la denuncia ocurre años después del hecho”, planteó.
Pero en el caso del destronado rey naso, el mismo ya había sido condenado por un tribunal a 5 años de prisión y fueron sus abogados los que solicitaron el remplazo de la pena, pese a la oposición de la víctima.
Aumentos de penas
En la comisión legislativa de Gobierno, también aguardan por debate iniciativas que van dirigidas a aumentar las penas. Está, por ejemplo, el proyecto de ley 1004, impulsado por la diputada Génesis Arjona, que modificaría los artículos 175, 176, 177 y 202 del Código Penal.
Arjona propone elevar de 15 a 20 años de prisión la pena máxima para el delito de violación contra una persona menor de 14 años de edad. Actualmente las penas va de 10 a 15 años de prisión para ese delito.
Asimismo, se encuentra pendiente de debate por el pleno la propuesta 593, presentada por el Ejecutivo en marzo de 2021, como una respuesta al escándalo de los abusos a menores en albergues subsidiados por el Estado.
Dicho proyecto establece la protección de la integridad e indemnidad sexual de las personas menores de edad y modifica el Código de la Familia, el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley 69 de 2007. Dispone que las penas por agresiones sexuales contra menores sean de 15 a 20 años de prisión, pero puede elevarse hasta 28 años si el victimario tiene una enfermedad de transmisión sexual.
También el proyecto 860, del propio Ávila, reforma la Ley 31 de 2108 sobre protección a las víctimas del delito y modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal.
Asimismo, por participación ciudadana se presentó el anteproyecto 306, que modifica el artículo 174 del Código Penal, para que la pena sea de hasta 12 años de prisión por el delito de violación carnal a un menor.
Entre enero y mayo de 2023 se han reportado 2 mil 600 casos, es decir, que hay un promedio diario de 17 agresiones sexuales. La cifra de los cinco primeros meses de 2023 es muy similar a la de todo el año 2022, cuando se registraron 2 mil 705 casos.
