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La fiscalía electoral favorece a Dana Castañeda, pero no a Betserai Richards; a ambos se le acusa de lo mismo

La fiscalía electoral favorece a Dana Castañeda, pero no a Betserai Richards; a ambos se le acusa de lo mismo
Dana Castañeda y Betserai Richards. LP/Isaac Ortega

La Fiscalía Electoral ha tenido una actuación ambivalente esta semana respecto a las candidaturas de Dana Castañeda y Betserai Richards.

Castañeda, que es subsecretaria general de la Asamblea Nacional, fue postulada al cargo de diputada en el circuito 2-3 (La Pintada, Natá y Olá) por una alianza de facto entre cuatro partidos: Realizando Metas (RM), Alianza, Molirena y el Partido Revolucionario Democrático (PRD).

Richards, en tanto, busca una curul en el 8-6 (24 de Diciembre, Tocumen, Las Mañanitas, Pedregal, Pacora, San Martín y Las Garzas) por la libre postulación.

Las candidaturas de ambos han sido impugnadas con el mismo argumento: que no renunciaron a sus cargos en entidades del Estado, conforme dicta la ley electoral. Castañeda está de vacaciones y el 30 de enero, en el pleno legislativo se anunció a Carlos Ramón Alvarado González como su reemplazo temporal. Richards, en cambio, fue periodista en el Servicio Estatal de Radio y Televisión (SerTV).

Pero mientras la fiscal electoral Mirna Angulo pidió el pasado martes que no se inhabilite a Castañeda, otra fiscal electoral (María del Rosario Bravo) solicitó este viernes 22 de marzo que sí se descalifique a Richards.

La fiscal Angulo respaldó el argumento de la defensa de Castañeda: que a los funcionarios de la Asamblea Nacional no les aplica el artículo 33 del Código Electoral.

El referido artículo indica que no son elegibles para cargos de elección popular aquellos ministros, viceministros, directores, subdirectores, secretarios y subsecretarios, administradores y subadministradores de entidades y empresas públicas, que ejerzan el cargo seis meses antes de los comicios.

Richards, por su parte, sostiene que el cargo que ocupó en el departamento de noticias de SerTV no tenía mando y jurisdicción. Piensa que la demanda de impugnación es un “ataque” de los actuales diputados del 8-6. Son cuatro y todos buscan la reelección. Se trata de Cenobia Vargas (del PRD), Alaín Cedeño (RM), Elías Vigil (Panameñista) y Edwin Zúñiga (Cambio Democrático).

Cenobia Vargas ya le denunció administrativamente por unas publicaciones que hizo a través de su cuenta en Instagram. Aunque fue originalmente multado con $1,500, el pleno del Tribunal Electoral (TE) posteriormente revocó esa orden, por considerar que las publicaciones denunciadas no se enmarcaban en el concepto de propaganda electoral.

Los juzgados Segundo y Tercero Administrativo Electoral se acogieron cada uno a un plazo de 30 días, para decidir qué hacer con las candidaturas de Castañeda y Richards, respectivamente.


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