La ley que en Panamá facilita el libre acceso a la información pública llega este miércoles 22 de enero a su mayoría de edad, en medio de un proceso de consultas para su posible modificación.
¿Qué debe cambiarse en Ley 6 de 22 de enero 2002 para cumplir con su ambicioso objetivo prevenir o combatir la corrupción que drena los recursos del Estado?
En una entrevista con este diario, Elsa Fernández, directora de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), la institución creada mediante Ley 33 de 25 de abril de 2013 para promover la ética, la probidad, la transparencia y la rendición de cuentas en los servidores públicos, explica por qué la institución que dirige convocó a un período de consultas de cuatro meses antes de redactar el borrador de reformas.
Además, señala que como parte de los planes de la Antai anunciados la semana pasada, se pretende modificar la propia ley orgánica de la institución.
Fernández y el director de Asesoría Legal de la Antai, Carlos García, insisten en que la reforma, más que para complacer a aquellas voces o prácticas que desde el servicio público insisten en “lavar los trapos sucios en casa” sin rendir cuentas, lo que pretende es precisamente lo contrario: más transparencia.
La funcionaria dice que la reforma atiende el principio de “la máxima revelación”, aparte de que Panamá como Estado adoptó la política de datos abiertos. Así quedó establecido en el Decreto Ejecutivo No. 511 de 24 de noviembre de 2017 desarrollado mediante la Resolución No. DS-3513-2018 de 17 de enero de 2018 de la Antai. Eso es de obligatorio cumplimiento en todas las instituciones del Estado, entidades autónomas, semiautónomas, municipios, gobiernos locales, juntas comunales, empresas y sociedades en las que el Estado sea parte.
Entre los temas que desde la Antai impulsarán −según Fernández y García− está la inclusión de un artículo en la ley de transparencia que haga mandatario la publicación de la declaración jurada de bienes que ciertos servidores públicos tienen que hacer por disposición constitucional al principio y al final de su gestión. Es decir, que se publique en en la página web de la institución en la que laboran, tal y como se hace hoy día, por ejemplo, con la planilla.
Otra iniciativa que proponen para “alinear” la legislación a estos tiempos es que todos los nombres de los funcionarios o particulares que intervienen en una contratación con el Estado se conozcan. Desde el director de la entidad, pasando por el que equipo que hace los pliegos de condiciones de las licitaciones hasta los miembros de las comisiones evaluadoras. “Queremos que esa información también esté en línea”, afirma Fernández.
También, a través de la reforma, se busca que se obligue a las instituciones a incluir en las páginas web un renglón que hasta ahora se ha quedado por fuera: la cooperación internacional. Datos como quién aporta, cuánto, con qué propósito, quién invita a un viaje, quién se beneficia, etc.
Fernández sostiene que si esa información fuera pública se podría detectar con más facilidad casos de conflicto de interés y luchar de mejor manera contra la corrupción.
Los comentarios y sugerencias para las reformas a las dos legislaciones se podrán hacer en los siguientes correos: ley6@antai.gob.pa y ley33@antai.gob.pa. Luego, la Antai preparará un informe para que el Consejo de Gabinete redacte un proyecto de ley que será presentado ante la Asamblea Nacional.
García dice que ya empezaron a llegar las observaciones. Por ejemplo, citó el caso de un particular −que no identificó− que sugiere que las organizaciones no gubernamentales que reciben fondos públicos del Estado o de las Alcaldías hagan público sus informes financieros para que no solo sea el Estado el que se encargue de la fiscalización.
El desafío ahora es que el cambio a la legislación implique verdaderamente mayor transparencia a través del acceso a la información pública, la rendición de cuentas, la apertura de datos y el uso de las tecnologías. Lo contrario sería un retroceso, pero eso −según Fernández− no es el propósito.

