La creación de una Policía Municipal mediante un decreto aprobado por el Consejo Municipal de Panamá es “inconstitucional”, afirmó el procurador general de la Nación, Luis Carlos Gómez.
Se trata de la posición jurídica del Procurador ante la demanda que presentó el diputado de la bancada Seguimos, Ernesto Cedeño, ante la Corte Suprema de Justicia, contra el acuerdo el Acuerdo Municipal No. 162 del 17 de junio de 2025.
“El Procurador ha emitido su vista fiscal, diciendo que es inconstitucional. Coincidió con mi criterio en la demanda. Ahora el caso debe entrar en los alegatos, para terminar con el fallo de fondo por parte del Pleno de la Corte”, dijo el diputado.
En su escrito, el procurador recuerda que la Constitución dice que Panamá no tendrá ejército y que el Presidente es el jefe de todos los servicios de policía, que estos estarán subordinados al poder civil, y que solo el Gobierno podrá portar armas.
Destacó que, además, establece claramente en su artículo 311 que “Para la conservación del orden público, la protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentran bajo la jurisdicción del Estado y para la prevención de hechos delictivos, la Ley organizará los servicios de policía necesarios, con mando y escalafón separados”.
Dijo Gómez que en asuntos de organización y estructuración de la fuerza pública “sin lugar a dudas, prevalece el principio constitucional”, tema que “muchas veces” fue tratado por el Pleno de la Corte.
Además, añadió el Procurador, esa norma se extiende a distintas materias, abarcando lo relativo a las atribuciones municipales.
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