La magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Maribel Cornejo Batista, advirtió que el Acuerdo 162 de 2025, que creó la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá, podría vulnerar la Constitución al establecer mediante una norma municipal una estructura de seguridad cuyas funciones requieren una ley formal.
En su salvamento de voto, tras el rechazo por parte del Pleno de la CSJ de una demanda presentada por la Policía Nacional, la presidenta de la Sala Penal manifestó que la Constitución reserva al legislador la organización de los servicios policiales y que esa materia no figura entre las competencias de los consejos municipales establecidas en el artículo 242.

“El demandante planteó conceptos de infracción a los artículos 310 y 242 de la Constitución con el grado de claridad que hacia lugar el examen de fondo. Sobre el artículo 310 drefirió que establece una reserva de ley para la organización de servicios de policía y como el acuerdo no es tal, entonces resulta quebrantado”, escribió textualmente.
El Acuerdo 162, aprobado por el Consejo Municipal de Panamá el 17 de junio de 2025 y posteriormente publicado en la Gaceta Oficial N.° 30339 del 7 de agosto de 2025, transformó el Servicio de Vigilancia Municipal en una Dirección de Policía Municipal con facultades como uso de armas de fuego, aprehensión de ciudadanos, requisas corporales y una estructura de mandos.

El Ministerio de Seguridad Pública también impugnó la norma ante la Sala Tercera de lo Contencioso. La ponente del caso es la magistrada María Cristina Chen, presidenta de ese poder del Estado.
El debate cobró mayor relevancia tras el incidente del 3 de agosto en el edificio Hatillo, donde un agente municipal golpeó a un manifestante durante una protesta. Alberto Llerena, el ciudadano agredido se encuentra en cuidados intensivos en el Hospital Santo Tomás.


