Ministra de Gobierno retira proyecto que penalizaba cubrirse el rostro en protestas

Ministra de Gobierno retira proyecto que penalizaba cubrirse el rostro en protestas
Protestas del 31 de octubre de 2023 frente a la Asamblea Nacional en contra del contrato minero. LP/Elysée Fernández

El proyecto de ley 826 que buscaba modificar el Código Penal y penar con hasta 6 años de cárcel a todo aquel que cubra de forma parcial o total su rostro durante alguna protesta o manifestación fue retirado.

Según expuso el diputado oficialista Luis Eduardo Camacho durante el período de incidencias en el pleno de la Asamblea Nacional, el proyecto presentado el día de ayer por la ministra de Gobierno, Dinoska Montalvo, no había sido devuelto, sino “retirado por la ministra”.

Esto en respuesta al diputado de la coalición Seguimos, José Pérez Barboni, quien durante su intervención señaló que el proyecto fue devuelto, pues le hacía falta el “artículo indicativo”.

Un artículo indicativo es el que se coloca al final de un proyecto de ley para dejar claro cuáles son las normas vigentes que se propone modificar. En términos simples, si una iniciativa cambia, elimina, reemplaza o adiciona disposiciones de una ley vigente, debe incluir un artículo final en el que se precise expresamente qué normas se reforman y de qué manera.

El diputado además cuestionó al gobierno del presidente José Raúl Mulino sobre este hecho, pues señaló que ocurrió a pesar de que el Ejecutivo posee una gran cantidad de asesores legales.

Se mencionaba además que si estos actos “encubren o propician la comisión de delitos contra la vida, la integridad personal, el patrimonio o la administración pública”, la pena será de cuatro a seis años de prisión, sin perjuicio de la sanción que corresponda por el delito cometido.

Barboni también desestimó parte del discurso con el que se ha defendido el polémico proyecto, en el que se menciona que quien proteste por causas justas no debería cubrir su rostro. Además, señaló que hay funcionarios públicos que desean protestar, pero temen perder sus empleos.

Utilizó su propio ejemplo y señaló que, cuando laboró en misiones internacionales, no podía salir a protestar con su rostro al aire libre. “Me decían: ‘tú estás botado’”, terció.

La conversación gira en torno al proyecto de ley 826, que buscaba adicionar el artículo 169-A del Código Penal, presentado por el Ejecutivo el pasado mes de febrero y que ha generado diversas opiniones en la población al proponer penas que van desde los dos hasta seis años de penas para quienes incurran en esta práctica.

El artículo que ahora ha sido retirado, establecía que: “Quien, durante una manifestación, protesta u otra concentración pública, utilice capuchas, pasamontañas, máscaras u otros medios destinados a ocultar total o parcialmente su rostro, con el propósito de provocar, realizar o incitar actos de violencia, intimidación u odio, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años”.

Se mencionaba además que si estos actos “encubren o propician la comisión de delitos contra la vida, la integridad personal, el patrimonio o la administración pública”, la pena será de cuatro a seis años de prisión, sin perjuicio de la sanción que corresponda por el delito cometido.


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