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Panamá enfrentaría dos arbitrajes por el contrato minero

First Quantum Minerals informó que el 29 de noviembre se inició un arbitraje ante la Corte Internacional de Arbitraje. Además, el 14 de noviembre presentó ante el Ministerio de Comercio e Industrias una ‘notificación de intención’ de iniciar un arbitraje para hacer cumplir sus derechos conforme lo establecido en el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Panamá.

Panamá enfrentaría dos arbitrajes por el contrato minero
Para la Cámara de Comercio se deben sentar las bases de forma rápida, para realizar un cierre "ordenado y responsable" de las operaciones mineras en el distrito de Donoso. Archivo

First Quantum Minerals, tenedora de las acciones de Minera Panamá, pelearía en dos escenarios luego que el contrato minero fuera declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia (CSJ): La Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

De acuerdo con el abogado, Carlos Barsallo, el arbitraje de la Corte de Comercio Internacional, con sede en Miami, Estados Unidos, está ligado al contrato, con lo cual se tratará meramente ese tema.

“La ley que lo aprueba [Ley 406 del 20 de octubre de 2023] fue declarada inconstitucional, por lo cual se debatirá sobre el fundamento”, explicó.

Precisamente, First Quantum Minerals emitió un comunicado informando que el 29 de noviembre se inició un arbitraje ante la Corte Internacional de Arbitraje para “proteger sus derechos”, bajo el acuerdo de concesión 2023 que el gobierno de Panamá firmó a principios de este año con la empresa.

“Cobre Panamá actualmente está buscando detalles adicionales con respecto al fallo y sus implicaciones”, indicó la empresa el 1 de diciembre.

Segundo arbitraje

El otro arbitraje a que hace referencia Barsallo es el que se resolvería en el Ciadi, ubicado en Washington DC, Estados Unidos, pero detalló que en este caso no depende de esa ley declarada inconstitucional, ya que se basaría en la inversión efectuada.

“Ese es el del tratado entre Panamá y Canadá, para protección de las inversiones”, puntualizó.

Sobre este posible arbitraje, la empresa minera comunicó el pasado 1 de diciembre que el 14 de noviembre, presentaron ante el Ministerio de Comercio e Industrias una “notificación de intención” de iniciar un arbitraje para hacer cumplir sus derechos conforme lo establecido en el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Panamá.

“El aviso de intención facilita las consultas entre el gobierno de Panamá y Minera Panamá S.A., para evitar la necesidad de presentar dicho arbitraje”, decía el escrito.

El fallo

Sobre este tema, la CSJ dijo en el fallo de inconstitucionalidad del contrato minero, en la parte final de la página 222, que: “El pleno de la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá, conoce que, con base a estos Tratados [TLC y TPI], el concesionario de la mina es libre de promover procesos arbitrales con el propósito de que se le conceda una ‘compensación legítima’ por parte del Estado panameño…”

Los tratados a los que hace referencia el máximo tribunal son el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Panamá y el Tratado de Protección de Inversiones, también entre ambos países. Con eso, la CSJ señaló un camino dirigido a que el arbitraje internacional sea en la jurisdicción que señalan dichos tratados.

Más adelante, en el propio fallo de inconstitucionalidad, la Corte atiende la cuestión jurídica de la existencia de una “concesión” del Estado panameño en favor de la empresa minera. Así, en la página 233, el fallo dice: “Esto quiere decir que, para el pleno, el efecto de esta decisión de inconstitucionalidad debe ser interpretada en el sentido que no existe concesión”.

En otras palabras, la Corte Suprema ha dicho que no hay fundamento jurídico para un arbitraje distinto al de los tratados ya mencionados.

Se intentó conocer la opinión de Rigoberto González, procurador de la Administración, pero no hubo una respuesta. No obstante, en el programa Radar, que se transmite en TVN, subrayó que Panamá cuenta con un buen fallo y la posibilidad a lo interno del país de tener a los mejores juristas, para hacer frente al proceso de arbitraje.

En palabras de González, ahora lo que procede es que hayamos entendido bien la lección. “Esta lección obliga a darle la participación ciudadana a todos los pasos que se van a dar para que haya credibilidad en lo que se va a hacer”, apuntó.

“Hay que hacer lo más transparente posible la etapa que viene, a partir de la publicación en Gaceta Oficial de ese fallo”, concluyó el procurador.

El llamado

Por su parte, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura (Cciap) hizo un llamado este domingo 3 de diciembre indicando que tras el fallo en relación con la Ley 406 de 2023, “es imperativo que se tomen rápidamente una serie de pasos y procesos que establezcan las bases para llevar a cabo un cierre ordenado y responsable de las operaciones mineras en el distrito de Donoso”, provincia de Colón.

Conforme a la organización presidida por Adolfo Fábrega, dada la complejidad de este proceso que requiere amplio tiempo y una inversión significativa, es “urgente” definir de manera inmediata los pasos que nos conduzcan hacia un escenario ideal.

El gremio empresarial señaló que, ante la ausencia de un plan de acción estudiado y consensuado, “es necesario” activar de forma urgente un comité técnico multisectorial, liderado por individuos de reconocida credibilidad y respaldados por diversos grupos civiles.

Dicho comité deberá llevar adelante un proceso donde se defina un plan de acción integral en aspectos ambientales, jurídicos y económicos. Además, consideran que es fundamental que cuente con la legitimidad correspondiente para que sus decisiones sean vinculantes, subrayó la Cciap, quien resaltó que este es un asunto “eminentemente técnico que debe abordarse con seriedad y celeridad”.

De hecho, el gremio indicó que este asunto debe organizarse “en cuestión de días” para que el país cuente prontamente con una ruta clara de lo que debe suceder, y que el desenlace no sea un desastre ambiental o la explotación ilegal de áreas, como ha ocurrido en otros países.

A su vez, plantearon que además de abordar el futuro de la actividad minera, es esencial considerar un plan de recuperación para los sectores económicos afectados, así como para los estudiantes que han experimentado retrasos y la reputación internacional del país que se ha visto perjudicada.

El gremio empresarial concluyó con una recomendación: “es necesario diseñar un plan de preparación para la potencial pérdida del grado de inversión y su futura recuperación”.



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