La Asamblea Nacional abrirá la puerta a una discusión poco frecuente en el terreno fiscal: el costo de menstruar.
Un anteproyecto de ley presentado el pasado 13 de enero propone eximir del ITBMS a los productos de gestión menstrual, como toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, bajo el argumento de que no se trata de artículos de lujo, sino de una necesidad básica de salud e higiene.
La iniciativa, impulsada por el diputado Augusto Palacios Muñoz, de la bancada Vamos, plantea modificar el artículo 1057 V del Código Fiscal para incluir estos insumos dentro de las exenciones tributarias.

En su exposición de motivos, el documento argumenta que el tema ha permanecido fuera del diseño de las políticas públicas, pese a su impacto directo sobre más de la mitad de la población. Habla de una realidad “históricamente invisibilizada” que afecta “de manera directa y transversal a las mujeres”.
El texto insiste en que la menstruación no puede seguir tratándose como un asunto secundario dentro del ordenamiento jurídico y tributario. “Los artículos destinados a la gestión menstrual no son productos de lujo; son insumos esenciales para la higiene, la prevención de enfermedades y la participación plena de las mujeres”, se lee en la propuesta que será debatida en la Comisión de Economía y Finanzas, instancia legislativa que preside el diputado Eduardo Gaitán, de Vamos.

La brecha económica
El anteproyecto pone el foco en el precio. Según el documento, el ITBMS encarece el acceso a estos productos y amplía la brecha económica, sobre todo en contextos de vulnerabilidad. “Esta situación impacta de manera especialmente severa a las mujeres y niñas”, dice.
La iniciativa define como productos de gestión menstrual a todos aquellos diseñados para “absorber, recoger o contener el flujo menstrual”, sin importar el material con el que se fabriquen. La lista incluye toallas sanitarias, tampones, copas menstruales y artículos análogos.
El documento también vincula la medida con principios constitucionales como la dignidad humana, la igualdad ante la ley y el derecho a la salud. Plantea que mantener el gravamen sobre estos insumos puede resultar contrario a esos fundamentos, por lo que propone reconocerlos como bienes de primera necesidad.
Más impuestos al tabaco
Para compensar el impacto fiscal de la exención, el anteproyecto incorpora un ajuste impositivo sobre productos derivados del tabaco y cigarrillos electrónicos, con una tarifa del 20%. La exposición argumenta que el consumo de estos bienes representa uno de los principales factores de riesgo para la salud pública y genera presión sobre el sistema sanitario.
La propuesta de ley también menciona experiencias internacionales. Cita a países como Colombia, México, Ecuador, Reino Unido y Australia, que ya eliminaron impuestos a estos productos al considerar que su gravamen constituye una forma indirecta de discriminación económica por razón de género.


