La Comisión de la Mujer, la Niñez y la Familia de la Asamblea Nacional admitió este martes 24 de febrero una reforma al artículo 22 de la Ley 42 de 2012, que regula cuándo y cómo se puede revisar una pensión alimenticia ya fijada por un juez.
La propuesta, presentada por Mercedes Gálvez, suplente de Sergio Gálvez, del partido Realizando Metas (RM), fue prohijada con el voto de todos los comisionados.

La iniciativa, que en los próximos días será analizada en primer debate, introduce dos cambios concretos.
El plazo pasa de seis meses a un año: La ley actual permite que, una vez fijada la pensión definitiva, cualquiera de las partes solicite su revisión después de seis meses, siempre que demuestre un cambio sustancial en su situación económica.
El proyecto eleva ese plazo a un año.
Más casos para revisión inmediata: En la actualidad, la norma contempla que ciertos hechos, como la pérdida de empleo o una enfermedad inhabilitante, permiten revisar la pensión sin esperar el plazo general.
La iniciativa agrega de forma expresa que también podrá hacerse de inmediato cuando se registre un aumento o una disminución significativa en las posibilidades económicas del que paga, así como cambios relevantes en la situación económica del beneficiario.
Según la exposición de motivos, la intención es evitar demoras cuando la capacidad de pago cambia de manera evidente.
Qué se mantiene igual
Si el juez decide aumentar, rebajar o suspender la pensión, el cambio aplicará desde la resolución.
No se devolverá dinero ya pagado, aunque la cuota sea reducida.
La diputada Flor Brenes, del Partido Revolucionario Democrático, manifestó que este tema requiere un tratamiento sensible y coordinado. Se propuso que, al momento del debate, se coordine con las autoridades de las comarcas. También se pidió incluir en la discusión al Ministerio de Desarrollo Social y a los juzgados de Niñez.
Alexander Moreno, suplente de la diputada Ariana Coba, del Partido Panameñista, habló sobre la necesidad de contar con información o una base de datos que permita verificar si efectivamente se ha producido una mejora salarial. En ese contexto, planteó la interrogante de si la evaluación se sustentaría en los registros laborales formales de la persona que se encuentre trabajando.
La Comisión de la Mujer tiene como presidenta a la diputada Alexandra Brenes, de la coalición Vamos. Ella también votó a favor de prohijar la propuesta. Sin embargo, más temprano había recordado que la comisión también debate un proyecto integral a la Ley 42 sobre pensiones.

Este proyecto de ley contempla aspectos como el desacato y además propone arreglos de pagos, entre otros.
La Ley 42 de 2012, general de pensión alimenticia, establece el marco jurídico que regula el cumplimiento y revisión de las obligaciones alimentarias en Panamá. La norma desarrolla el derecho de los menores de edad y demás personas dependientes a recibir lo necesario para su sustento, educación, salud, vivienda y desarrollo integral, y faculta a los jueces de familia para determinar la cuantía de la pensión según las necesidades del beneficiario y la capacidad económica del obligado.


