La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate un proyecto de ley que, bajo el argumento de prevenir la ludopatía, coloca en la línea de fuego —como uno de los principales afectados— a los operadores de telecomunicaciones y proveedores de internet, al trasladarles la obligación de ejecutar bloqueos digitales por orden administrativa y exponerlos a fuertes sanciones. Se trata de una disposición que ya despierta interrogantes sobre su alcance y consecuencias.
La iniciativa (proyecto de ley 403), presentada por el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Raúl Pineda, incorpora nuevas herramientas sancionatorias y de control para combatir las plataformas ilegales de apuestas. El texto plantea un esquema en el que la Junta de Control de Juegos (JCJ) amplía su margen de acción no solo sobre operadores de juegos, sino también sobre intermediarios tecnológicos.
Uno de los puntos más sensibles es un nuevo artículo que impone a las empresas de telecomunicaciones y proveedores de internet la obligación de cumplir “de manera inmediata” las órdenes de bloqueo emitidas por la JCJ. El incumplimiento no es menor: contempla multas que van desde $300 mil hasta un millón de dólares por cada infracción.
Además, el proyecto establece una figura de responsabilidad solidaria. Es decir, si una plataforma de juego no autorizada por la normativa panameña sigue operando y permanece accesible en el país, los intermediarios tecnológicos que no acaten las órdenes de bloqueo podrían ser considerados responsables junto con los operadores ilegales, ampliando así el alcance de las sanciones.
Este medio consultó a empresas de telecomunicaciones como Cable & Wireless y Tigo; sin embargo, hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta sobre sus consideraciones respecto a la propuesta de ley.
Plataformas de juegos
En paralelo, la norma refuerza el régimen sancionatorio para las plataformas digitales de apuestas. Las multas oscilan entre 25 mil y 100 mil dólares, con posibilidad de duplicarse en caso de reincidencia. También se abre la puerta a medidas más severas, como la suspensión temporal o definitiva de licencias, así como el bloqueo de dominios o aplicaciones.
El diseño de la ley otorga a la Junta de Control de Juegos la facultad de determinar la gravedad de las infracciones y aplicar sanciones con un carácter “ejemplarizante”, un concepto que, aunque busca disuasión, deja un amplio margen de interpretación a la autoridad reguladora.
Aunque el objetivo declarado es frenar la expansión del juego ilegal y atender los riesgos de la ludopatía, el alcance de las medidas —especialmente la intervención directa sobre proveedores de internet— introduce un nuevo frente de debate sobre regulación digital, según fuentes involucradas.

El cuestionamiento
Por ejemplo, el diputado de Vamos, Lenín Ulate, puso el foco en el artículo relacionado con las empresas de telecomunicaciones. “Si tú me preguntas, es el artículo que me hace ruido”, advierte, al referirse a la obligación que impone a operadores de telecomunicaciones y proveedores de servicios de internet de acatar órdenes de bloqueo bajo amenaza de sanciones que van de 300 mil a un millón de dólares por infracción.
Ulate cuestiona, además, la falta de precisión en la redacción del artículo, especialmente en la definición de los sujetos obligados. Aunque el texto menciona a operadores de telecomunicaciones y proveedores de internet, el diputado reconoce que asume que también alcanza a quienes proveen servicios de juego en línea.
A su juicio, el problema no es solo interpretativo: la norma establece que estos actores deberán cumplir de manera inmediata las órdenes de la Junta de Control de Juegos y, de no hacerlo, incluso podrían ser considerados responsables solidarios de las operaciones ilegales que permanezcan accesibles en el país.

El señalamiento más crítico apunta a una posible contradicción legal. Ulate sostiene que la ley vigente de la JCJ fija un tope de 100 mil dólares para las multas, mientras que el nuevo artículo eleva ese rango hasta un millón sin plantear una reforma explícita a esa normativa.
“No puede ir así”, insiste, al advertir que el mecanismo correcto sería modificar directamente la ley existente. En este punto, el diputado se mantuvo en desacuerdo durante el segundo debate en la Asamblea Nacional y optó por abstenerse en la votación de ese artículo.
En ese contexto, la norma avanza con el objetivo de frenar el juego ilegal, pero deja abiertas preguntas sobre los límites de la regulación y el rol que deberán asumir los intermediarios tecnológicos en el control de contenidos digitales en el país, mientras queda a la espera de la sanción o veto del presidente José Raúl Mulino.


