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¿Qué es lo inconstitucional de los créditos fiscales al turismo?

La Asamblea Nacional insiste en dar incentivos fiscales a los empresarios que inviertan en proyectos turísticos fuera de la ciudad de Panamá. El Ejecutivo había prometido eliminar esos beneficios.

¿Qué es lo inconstitucional de los créditos fiscales al turismo?
El proyecto 888 fue presentado por Melchor Herrera y aprobado en tercer debate el 6 de febrero pasado, en una sesión que dirigió el presidente de la Asamblea, Crispiano Adames.Tomado de @asambleapa

El artículo 276 de la Constitución Política de la República de Panamá dice: “La Asamblea Nacional no podrá expedir leyes que deroguen o modifiquen las que establezcan ingresos comprendidos en el presupuesto, sin que al mismo tiempo establezca nuevas rentas sustitutivas o aumente las existentes, previo informe de la Contraloría General de la República sobre la efectividad fiscal de las mismas”.

En el sistema constitucional panameño, el Órgano Ejecutivo tiene la primacía en la formulación y estructuración del Presupuesto General del Estado y de la política fiscal del país. La Asamblea Nacional tiene la facultad de aprobar normas jurídicas que impacten el presupuesto y la política fiscal con las dos condiciones que impone el artículo 276 de la Constitución: una renta sustitutiva y un informe previo de carácter favorable de la Contraloría General de la República.

Este es el gran defecto de las leyes de incentivos al turismo objeto de esta controversia. La Ley 122 de 2019 y la Ley 314 de 2022 carecían de las rentas sustitutivas y del informe favorable de la Contraloría General de la República. La única razón de ser del proyecto de ley 888 es la de provocar la sustracción de materia de la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 314 del 2022, ya que de convertirse en ley, el proyecto 888 la sustituye.

El presidente Laurentino Cortizo tiene dos opciones frente al proyecto de ley 888 que anteriormente vetó por inconveniente. Dado que la Asamblea Nacional lo aprobó por insistencia, Cortizo puede vetar el proyecto 888 por inexequible, es decir, por inconstitucional. De esta forma, la Corte Suprema de Justicia podría decidir finalmente la inconstitucionalidad de estos créditos fiscales a la inversión turística.

La otra opción del mandatario es firmar el proyecto 888 para que se convierta en ley de la República y de esta forma colaborar con la burla que la Asamblea Nacional está haciendo a la justicia.

La solución de este dilema la tiene el presidente. Su veto por inexequibilidad del proyecto de Ley 888 acabaría con este mal chiste.


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