Ante la Asamblea Nacional, el responsable de la Dirección General de Contrataciones Públicas, Javier Raúl Marquínez, se refirió esta semana a la reforma de la Ley 22 de 2006, orientada a modernizar el sistema de compras del Estado.
Explicó que el contenido de la propuesta fue presentado en junio de 2025 al Ministerio de Economía y Finanzas y que actualmente es evaluado por el equipo legal del Ministerio de la Presidencia, con miras a presentarlo ante el Legislativo en el próximo período de sesiones ordinarias, es decir, después del 1 de julio de este año.
Si bien el contenido del documento no ha sido divulgado, el funcionario adelantó algunos aspectos de la futura iniciativa ante los diputados de la Comisión de Economía y Finanzas, durante la sustentación de su memoria institucional de 2025.

Los ejes principales
Uno de los ejes centrales de la reforma apunta a la digitalización integral del sistema. Marquínez detalló que se busca fortalecer la trazabilidad y la publicidad de los procesos mediante la interoperabilidad del portal PanamaCompra con otras plataformas estatales.
El funcionario también puso el foco en uno de los puntos más sensibles del sistema: los reclamos de los proponentes. La reforma introduce la definición de un tiempo común y fatal para su presentación, con el objetivo de evitar la actual fragmentación de plazos que, en la práctica, reinicia los términos cada vez que se introduce una objeción.
“Se acumularían todos los reclamos en un solo momento procesal”, explicó, subrayando que la medida no afectaría el derecho a la defensa ni el debido proceso, pero sí acotaría los márgenes de dilación administrativa.
A estos cambios se suman la incorporación del concepto de “mejor valor por dinero” en la tienda virtual del Estado y la obligación de publicar información sobre los beneficiarios finales de las empresas adjudicatarias en el sistema.
“Como punto número cuatro, la publicidad, de parte de la entidad contratante, en cargar al sistema de PanamaCompra la información de adjudicatarios relativa a beneficiarios finales”, dijo el funcionario.

Marquínez sostuvo que estas modificaciones, junto con la actualización de documentos estandarizados y criterios técnicos, buscan corregir fallas recurrentes —recordó que el 80% de los reclamos tienen cabida por errores en los procedimientos— y elevar la contratación pública panameña a estándares internacionales.
El debate
En el caso de la ley de contrataciones públicas, hay dos temas que han generado debate. El primero es el de los reclamos, sobre el cual el propio presidente José Raúl Mulino ha señalado que el mecanismo actual se presta para dilaciones y frena la ejecución de proyectos del Estado.
Diputados como Janine Prado, de la coalición Vamos, plantean que la reforma es “necesaria y urgente” y subrayan que uno de sus pilares debe ser la transparencia. En ese sentido, propuso que el proyecto incorpore de forma expresa la obligación de hacer pública la información sobre los beneficiarios finales de las empresas que contratan con el Estado.
“Es el momento de incluirlo”, sostuvo, al recordar que un fallo de la Corte evidenció que ese requisito no está contemplado en la legislación vigente.
Prado también insistió en la necesidad de establecer mecanismos que eviten la dilación de los procesos de licitación, desde su convocatoria hasta la ejecución de las obras. Señaló que, en la práctica, múltiples apelaciones y recursos sobre un mismo pliego terminan retrasando proyectos urgentes en distintas comunidades. Además, cuestionó el uso recurrente de los procedimientos excepcionales y planteó que estos deben limitarse a situaciones de “urgencia notoria”, para evitar que se conviertan en una práctica habitual.
El reclamo
En febrero de este año, la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea rechazó en primer debate el proyecto de ley 479, impulsado por la diputada Prado. La iniciativa proponía hacer de acceso público la lista de personas que contratan con el Estado, así como introducir modificaciones a la Ley 22 de 2006 sobre contrataciones públicas.
Durante la discusión, la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana presentó una serie de aportes orientados a reforzar los mecanismos de transparencia en estos procesos. Entre sus planteamientos, la organización destacó la necesidad de que la propuesta fuera coherente con la legislación nacional sobre el uso de fondos públicos y se alineara con estándares internacionales.
Desde hace cinco años, la Corte Suprema de Justicia advirtió que la Dirección General de Contrataciones Públicas no está obligada a informar quiénes son los beneficiarios finales de las acciones nominativas de las empresas, consorcios o asociaciones accidentales que participen en licitaciones cuya cuantía supere el medio millón de dólares.

