Reformas al reglamento interno de la Asamblea entran a segundo debate con la lectura del proyecto

Reformas al reglamento interno de la Asamblea entran a segundo debate con la lectura del proyecto
Pleno de la Asamblea Nacional. Cortesía

El proyecto de ley que reforma el Reglamento Orgánico del Régimen Interno (RORI) de la Asamblea Nacional de Panamá ingresó este lunes 6 de julio a la agenda del pleno para su segundo debate, etapa que comenzó con la lectura de la iniciativa.

La propuesta modifica las normas que regulan el funcionamiento interno del Legislativo y es considerada una de las principales iniciativas impulsadas por los diputados durante el actual quinquenio.

El texto, que ahora avanza en su segundo debate, modifica al menos 25 de los 247 artículos de la Ley 49 de 1984, norma que contiene el RORI, e incorpora seis artículos completamente nuevos.

La iniciativa legislativa llegó al hemiciclo legislativo después de una reunión de directiva ampliada, cita liderada por la nueva presidenta de la Asamblea, Shirley Castañeda, diputada del partido Realizando Metas (RM).

La decisión fue celebrada por algunos diputados que le dieron su voto para llegar al cargo el pasado 1 de julio. Raúl Pineda, del Partido Revolucionario Democrático (PRD), incluso, escribió un mensaje en su cuenta de X.

“Cumpliendo la palabra. En reunión de la Junta Directiva Ampliada reafirmamos el compromiso asumido con la presidenta de la Asamblea Nacional, Shirley Castañeda, de revisar y atender el Reglamento Orgánico del Régimen Interno (RORI)”, escribió.

A pesar de que el proyecto por fin verá la luz para su discusión en segundo debate, la sesión fue cerrada y se decretó un receso hasta este martes 7 de julio.

¿Qué dice el proyecto?

El proyecto de ley toca al menos 25 de los 247 artículos de la Ley 49 de 1984, el RORI vigente, y añade seis completamente nuevos. Es producto de la fusión de más de una docena de proyectos que distintas bancadas presentaron al inicio del quinquenio con promesas de transparencia, austeridad y rendición de cuentas.

Dispone, por ejemplo,que ningún diputado pueda nombrar personal hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad en ninguna posición de la Asamblea.

La norma también obliga a la Asamblea a divulgar en su página web toda su estructura de personal, funcionarios permanentes, transitorios, contratistas por servicios profesionales o cualquier otra figura que surja. Es decir, la planilla completa, abierta al escrutinio de cualquier ciudadano.

El texto cierra además una rendija que sobrevivía en la clasificación del personal: quienes ocupen cargos en los despachos de los diputados no tendrán acceso a la carrera del servicio legislativo, el régimen que blinda la estabilidad laboral dentro de la Asamblea Nacional.

Así, la vieja costumbre de convertir a los colaboradores de confianza de los diputados en funcionarios permanentes se queda, al menos según la versión actual del proyecto, sin sustento normativo.

Sin embargo, el proyecto no contempla mecanismos de verificación ni castigos concretos para el diputado que desconozca la prohibición.


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