Regresa al pleno de la Asamblea Nacional el proyecto de ley sobre el conflicto de interés

Regresa al pleno de la Asamblea Nacional el proyecto de ley sobre el conflicto de interés
Ávila dijo que el diputado presidente de la Asamblea Nacional, Crispiano Adames, le pidió que se analizará el veto este jueves. Isaac Ortega

La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales enviará este jueves 28 de julio al pleno de la Asamblea Nacional proyecto de ley No. 329, que regula situaciones de conflicto de intereses en la función pública, el cual fue vetado por el presidente Laurentino Cortizo el pasado mes de junio.

Durante la sesión de la Comisión se aprobó el informe de la objeción parcial por inconveniente e inexequible del proyecto.

El diputado presidente de la Comisión de Gobierno, Leandro Ávila, explicó que luego de la aprobación del informe la norma será enviada al pleno para que ingrese en el orden del día de este jueves y posteriormente se le efectúen los ajustes.

Ávila destacó que él cree en el proyecto de ley porque se han dado casos que nombran en los entes reguladores a particulares que provienen de las empresas que tienen que fiscalizar.

El proyecto de ley No. 329, que fue propuesto por el diputado independiente Gabriel Silva, fue aprobado mayoritariamente por el pleno de la Asamblea Nacional este 26 de abril.

De acuerdo con el veto presidencial, los artículos inconvenientes son los 3, 6, 8, 13, 21 y 22. Mientras que los inexequibles son los artículos 20 y 25.

Para el diputado no hay ley perfecta, por ello en el camino y cuando esté vigente se verá cuáles son los ajustes que se deberán efectuar para mejorarla.

Ávila recordó que Silva debe tener claro que la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional no podría legislar más allá de la Constitución Nacional.

En la misiva enviada por Cortizo al diputado presidente de la Asamblea Nacional, Crispiano Ademas, se detalló que se objeta por inexequible el artículo No. 20, cuyo texto señala lo siguiente: “En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, la Antai comunicará a la autoridad nominadora y esta iniciará un proceso disciplinario a fin de investigar si el servidor público incurrió o no en conflicto de interés. De ser comprobado que el servidor público incurrió en conflicto de interés, se procederá a la destitución por parte de la autoridad nominadora. En este caso la Antai procederá a imponer la multa correspondiente a seis meses de salario y, de sospechar la posible comisión de un delito, solicitará de oficio la investigación penal correspondiente ante el Ministerio Público, a fin de de determinar las posibles responsabilidades penales, sin perjuicio de los procesos especiales que se deban llevar a cabo para el caso del presidente de la República, magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de los diputados de la República”.


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