El Tribunal Electoral (TE) recordó a las entidades estatales –sean del gobierno central o local– así como a las autónomas, semiautónomas y mixtas, y a los contratistas del Estado, de la prohibición de divulgación de publicidad estatal.
Esto, en virtud de lo estipulado en el artículo 236 del Código Electoral, que dispone la prohibición de divulgación de publicidad estatal desde los tres meses antes de las elecciones generales del próximo 5 de mayo.
La prohibición se hace extensiva a redes sociales, páginas de internet, papelería, logos y cualquier medio que permita la exaltación de logros, compromisos y obras, indicó el TE.
Por ello, se exhortó a las distintas entidades que procedan a realizar los cambios necesarios a fin de evitar incurrir en las sanciones dispuestas en la ley electoral, que oscilan en multas de entre 2 mil y 10 mil dólares para el respectivo representante legal.
Reiteramos la veda de publicidad estatal y local con miras a las #Elecciones2019 pic.twitter.com/Shc8vnPsys
Reiteramos la veda de publicidad estatal y local con miras a las #Elecciones2019 pic.twitter.com/Shc8vnPsys
— Tribunal Electoral (@tepanama) February 9, 2019
