MERCADO LABORAL. AUGUST SIMONS ACEPTA QUE NO CONOCE LAS LEYES QUE REGULAN EL TEMA.

Un requisito que viola leyes panameñas

El Decreto Ejecutivo No. 53 de 2002 establece que las solicitudes de pruebas de orto discriminan a la mujer.

Elizabeth Garrido A.egarrido@prensa.comLa aplicación de la prueba de embarazo como requisito para conseguir trabajo se ha convertido en una práctica "naturalizada", a pesar de que este tipo de condicionamiento está prohibido por las leyes panameñas.

Así lo revela un estudio elaborado recientemente por las investigadoras Emma Mendoza y Lesbia Arrocha de la Universidad de Panamá.

El 20% de las empresas del sector público aplica la prueba de orto como una condición de trabajo, mientras que en el privado la cifra se incrementa a un 54%, dice el estudio.

El Decreto Ejecutivo No. 53 de 2002, que reglamenta la Ley 4 de 1999, establece que la solicitud de pruebas de embarazo por parte de los empleadores públicos y privados se considera una forma de discriminación contra la mujer en el trabajo.

Rosina Pérez, directora interina de la Dirección Nacional de la Mujer del Ministerio de Desarrollo Social, dijo que en el mercado laboral se está incumpliendo con esta norma. Sin embargo, agregó, no existe una normativa completa que fortalezca el uso de este derecho. Lo que significa que las mujeres afectadas solo pueden apelar a una "sanción moral", añadió. Según Pérez una manera de frenar la situación discriminatoria es que las mujeres presenten sus quejas ante la Defensoría del Pueblo.

El 66% de las mujeres desconoce que la solicitud de prueba de orto como requisito para trabajar es ilegal en el país, reveló una encuesta que se hizo como parte del estudio. Incluso, el presidente de la Cámara de Comercio, August Simons, reconoció que desconoce el tema y las leyes que lo regulan.


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