Revés para la cúpula del Molirena: TE revoca calendario de elecciones de convencionales

Dos corrientes que adversan la gestión del diputado y líder del partido, Pancho Alemán, impugnaron el reglamento de convocatoria de los comicios.

Revés para la cúpula del Molirena: TE revoca calendario de elecciones de convencionales
Tribunal Electoral.

El Tribunal Electoral (TE) revocó el reglamento de elecciones de convencionales y calendario electoral del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena) por “violar” los estatutos del partido.

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Además, ordenó la emisión de un nuevo reglamento. La decisión la tomó luego de que dos corrientes que adversan la gestión de Francisco ‘Pancho’ Alemán, diputado y presidente del Molirena, presentaran recursos de impugnación al calendario.

El primer grupo lo lideran Guillermo Ford Sosa y Temístocles Díaz. En su recurso, alegaron que existe “una incertidumbre absoluta” sobre la cantidad de convencionales a elegir; que el requisito de capacitación previa a los candidatos “constituye un impedimento para la formación de nóminas ajenas” a la actual dirigencia y se establece una “fecha en común” de publicación e impugnación del reglamento “lo que hace muy difícil” presentar un recurso.

Mientras que el otro grupo lo encabeza Tito Rodríguez, diputado y secretario general. En su impugnación señala que Ósman Valdés y Santana Díaz, director de la Dirección Nacional de Organización Electoral y subdirector, respectivamente, firmaron “de manera ilegal” la resolución 10 de febrero de 2022 que avala el reglamento electoral, aprobado en reunión extraordinaria virtual el pasado 30 de enero por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), que preside Alemán.

Coincide con Sosa y Díaz al señalar que se establece como un nuevo requisito la capacitación para poderse postular para convencional.

El pleno del TE consideró que el reglamento del Molirena viola el derecho de elegir y ser elegido. “Exigirles a los miembros del partido que solo podrán postularse a través de nóminas nacionales constituye un obstáculo para una postulación libre y contraviene el principio de representación que impone el estatuto”, señaló el TE en su fallo.

Sobre la capacitación, el pleno del Tribunal determinó que los estatutos del partido no establecen tal requisito de admisibilidad, por lo tanto, lo establecido en el reglamento “atenta contra el libre ejercicio de los derechos políticos de los miembros del Molirena”.

En cuanto a la fecha en común de publicación e impugnación del reglamento, se establecieron los días 10, 11 y 14 de febrero. Es decir, que en esos mismos días se divulgaba el documento y los miembros debían presentar a la vez los recursos. De acuerdo al TE, esta situación “causó daño al derecho que tienen los miembros del partido al acceso a la justicia electoral, toda vez que, al haber vencido dichos términos no será posible presentar recurso alguno”.

El CEN del Molirena había fijado para el 9 de octubre próximo la elección de 450 convencionales para el periodo 2023-2028.

Adjuntos

Revocan reglamento del MOLIRENA.pdf



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