Los magistrados del Tribunal Electoral (TE) excluyeron del paquete de reformas electorales las propuestas que colocaban en desventaja a las candidaturas por libre postulación frente a las de los partidos políticos.
Los magistrados Narciso Arellano, Luis Guerra y Alfredo Juncá eliminaron el artículo que establecía que, si una persona inscrita en un partido político apoyaba con su firma a un candidato independiente, estaría renunciando tácitamente al colectivo al que pertenece.
Además, los magistrados retiraron la propuesta para impedir que los candidatos por la libre postulación se agruparan en listas para competir en los circuitos plurinominales.
Esa era una iniciativa aprobada por los representantes de los partidos políticos en la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE).
En su momento, el diputado Jorge Bloise, quien representa a los independientes en la CNRE, advirtió que, sin las listas, la mitad de los diputados independientes actuales no habría resultado electa en los comicios de mayo de 2024.
¿Adiós a la CNRE?
En el proyecto de reformas al Código Electoral, que en la agenda legislativa recibió el número 699, los magistrados del TE proponen la eliminación de la CNRE, la cual se instala cada cinco años, poco después de cada elección, para evaluar el Código Electoral y formular nuevas reformas legislativas.
En cambio, pretenden restituir el Foro Ciudadano y de Libre Postulación como un espacio de consulta y deliberación permanente del TE.
Para Arellano, la derogación de la CNRE no constituye “un retroceso” en materia de participación ciudadana ni una disminución de los espacios de deliberación democrática. “Por el contrario, procura adecuar el procedimiento de reforma electoral al diseño constitucional vigente y fortalecer los mecanismos de participación que resultan compatibles con la realidad política actual”, dijo.
Tope de financiamiento
Entre los cambios que contiene el proyecto 699, presentado la noche del pasado lunes al pleno legislativo, está el aumento del tope de financiamiento para los aspirantes a diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen): de $10,000 a $300,000. De ese modo, se equipara al de un diputado de la Asamblea Nacional (AN).
Para las elecciones de 2029, los candidatos al Parlacen podrán hacer campaña a nivel nacional, tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia.
También se eleva a $300,000 el tope de financiamiento para los candidatos a diputado por la libre postulación.
La ‘R’ de residuo
Los magistrados también plantearon en el proyecto un cambio en la fórmula para la adjudicación de curules en los circuitos plurinominales: sustituir el mecanismo de adjudicación mediante residuo (“R”) por un sistema de resta mayor.
La lógica de esta modificación, según el Tribunal, consiste en descontar de los votos obtenidos por cada partido aquellos que ya hayan sido utilizados para la adjudicación de escaños mediante cociente y medio cociente. De esta manera, únicamente los votos que permanezcan como saldo después de la adjudicación correspondiente podrán ser considerados para la distribución de las curules restantes.
“El propósito es evitar que un mismo conjunto de votos produzca efectos acumulativos en la adjudicación de más de un escaño y garantizar que la distribución de las curules responda de manera más directa a la fuerza electoral efectiva de cada organización”, destacó el magistrado presidente Narciso Arellano.
Agregó que la modificación procura fortalecer la proporcionalidad de la representación y “corregir los efectos que puedan producir una sobrerrepresentación de determinadas fuerzas políticas”.
El fuero penal
En las reformas también se excluye a funcionarios que en la actualidad se benefician de la cobertura del fuero penal electoral.
El proyecto establece que no gozarán de fuero los vicepresidentes, subsecretarios, delegados electorales y enlaces de los partidos políticos.
“La modificación procura evitar que una garantía de naturaleza excepcional se transforme en un mecanismo de inmunidad procesal excesivamente amplio”, indicó Arellano.
Tope al dinero en efectivo
El proyecto 699 también introduce un control de donaciones digital simultáneo.
Además, prohíbe que cualquier donación privada individual o ingreso en efectivo de una sola fuente exceda la suma de $1,000.
También establece que la suma de todos los aportes en efectivo no podrá superar el 7% del tope de financiamiento privado de cada cargo.
Nuevo umbral para formación
Otro de los cambios es el porcentaje para constituir un partido político.
El Código Electoral establece que, para constituir un partido político, se requiere inscribir una cifra de adherentes equivalente al 2% del total de los votos válidos emitidos en la última elección presidencial.
El proyecto 699 eleva ese umbral al 3% de los votos válidos, tanto para la constitución de nuevos colectivos como para evitar su extinción luego del torneo electoral.
