Transparencia Internacional acusa a la AMP de ‘abuso de poder’ por ocultar información

La polémica resolución fue firmada por funcionarios designados por Mulino, quien pidió reconsiderarla tras conocer su alcance.

Transparencia Internacional acusa a la AMP de ‘abuso de poder’ por ocultar información
Sede de la Autoridad Marítima de Panamá. Cortesía

La Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional calificó este lunes de “abuso de poder” la resolución con la que la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) restringió el acceso público a la información sobre concesiones portuarias.

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Mulino pide a la AMP que desclasifique la información sobre los puertosLa AMP restringe por 10 años la información sobre concesiones portuarias

En un comunicado, la organización concluye que la Resolución Nº 12-2026 “viola, sin matiz alguno, la Ley 6 de 2002”, la norma que regula la transparencia en la gestión pública.

Transparencia Internacional acusa a la AMP de ‘abuso de poder’ por ocultar información
Comunicado de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana.

La junta directiva de la AMP adoptó la resolución en marzo, pero la medida apenas se publicó en la Gaceta Oficial el viernes 28 de agosto. Es decir, cinco meses después, y tendrá vigencia hasta 2036. El texto declara restringido el acceso a los expedientes bajo competencia de la entidad.

La fundación celebró, además, “la rápida reacción de rechazo” del presidente José Raúl Mulino. El mandatario cuestionó la medida este lunes 31 de agosto, en su cuenta de X. Dijo desconocer las razones por las que la AMP considera confidencial cierta información y pidió, “respetuosamente”, que la reconsideraran.

Mulino, sin embargo, cuestionó una decisión adoptada dentro de su propio gobierno.

La resolución que rechaza lleva la firma de Virna Luque, viceministra de la Presidencia y una de las funcionarias de mayor confianza del mandatario, y de Luis Roquebert, administrador de la AMP, un cargo que el propio Mulino designó en 2024.

La fundación advierte que la Ley 6 de 2002 establece con claridad, en su Capítulo IV, qué información puede declararse confidencial, y que los expedientes administrativos que maneja la AMP no forman parte de esa lista.

Cuestiona, además, que la resolución invoque el artículo 1 de la ley, que, alegan, contiene una definición general y no una facultad para restringir información, y al artículo 16, que a su juicio impone una obligación de justificación limitada a las materias que enumera el Capítulo IV, no una autorización abierta para declarar reservado cualquier expediente.

Advierte que, si cada institución pudiera restringir el acceso a partir de esa definición inicial, la Ley de Transparencia “no tendría ningún sentido”. Panamá fue, recuerda la organización, el primer país de la región con una ley de acceso a la información pública.

Más reacciones

Otros sectores de la población han criticado la medida. Diputados opositores, abogados, entre otros, han alzado su voz.

“Otro candado a la transparencia”, dijo la diputada Janine Prado, de la bancada Vamos.

Su colega Neftalí Zamora, opinó de manera similar. “Fatal mensaje. Todas las concesiones deben ser públicas”, escribió en X.

Al momento de redactar esta noticia, la AMP no se había pronunciado.


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