Desde el Presidente de la República hasta los ministros, directores de entidades autónomas y todo funcionario “de manejo” –conforme al Código Fiscal– de la actual administración gubernamental, deberá preparar su declaración jurada de bienes patrimoniales, al salir del cargo.
Según el artículo 304 de la Constitución, esta declaración notariada debe ser entregada en un término de 10 días hábiles a partir de la separación del cargo.
Es decir que, si el gobierno del presidente electo Juan Carlos Varela se estrena el 1 de julio, los funcionarios salientes tienen hasta el lunes 15 de julio para cumplir con la obligación que les impone la Constitución.
Se supone que todos ellos también presentaron escritura pública de sus bienes al momento de tomar posesión de sus cargos. La norma también aplica a Varela, como vicepresidente actual y presidente entrante.
La declaración deberá contener los ingresos de los dos últimos años fiscales, con identificación de sus fuentes; bancos, cooperativas o entidades financieras en las que tenga depósitos; fundaciones, asociaciones y organizaciones sin fines de lucro en las que tenga participación; cantidad, clase y valor de las acciones que le pertenezcan en sociedades anónimas; bienes muebles e inmuebles; títulos valores; instrumentos comerciales –nominativos o al portador–, y cuentas por pagar a entidades financieras y personas naturales o jurídicas.
El notario deberá hacer esta diligencia sin costo alguna, “y conservarla en su protocolo”, según la Ley 59 de 1999. El servidor público declarante deberá enviar copia autenticada de su declaración a la Contraloría y el Ministerio de Economía y Finanzas. Las autoridades jurisdiccionales podrán solicitar copia autenticada, “para cualquier efecto legal”.
Los que incumplan con esta obligación, serán sancionados con multa por la Contraloría, “sin perjuicio de la responsabilidad penal”.
Igualmente, los funcionarios entrantes –incluyendo a Varela y a Isabel Saint Malo, vicepresidenta a partir del 1 de julio próximo– tienen 10 días hábiles para presentar su declaración de bienes patrimoniales.
Funcionarios entrantes y salientes obligados a preparar declaración de bienes
Desde el Presidente de la República hasta los ministros, directores de entidades autónomas y todo funcionario “de manejo” –conforme al Código Fiscal– de la actual administración gubernamental, deberá preparar su declaración jurada de bienes
09 may 2014 - 02:37 PM
