El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó la resolución del Ministerio de Ambiente del 6 de mayo de 2014, que aprobaba el estudio de impacto ambiental (EIA) categoría II, para la instalación de un oleoducto que llevaría combustible al Aeropuerto de Tocumen, conocido como Vertikal.

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Este fallo surge luego de un amparo presentado el pasado 5 de junio de 2017 por el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), la Red Ciudadana Urbana de Panamá y el Centro de Estudios y Acción Social Panameño, argumentando presuntas violaciones a los derechos a un ambiente sano, al desarrollo sostenible y la primacía del interés público sobre el privado.

Gran parte del oleoducto sería instalado dentro del área protegida humedal bahía de Panamá, que goza de protección absoluta nacional e internacional desde su creación en 2009.

En su decisión, el magistrado ponente, Jerónimo Mejía, concordó con los argumentos planteados por el CIAM y concluyó que la aprobación del EIA del proyecto del oleoducto efectivamente viola el derecho a un ambiente sano.

El magistrado sostuvo que “[…] la aprobación del estudio de impacto ambiental del proyecto de trasiego de combustible […] pasó por alto la regulación vigente entonces y, en consecuencia, desatendió una serie de bienes y servicios ambientales que gozan de protección especial, dada la importancia ambiental y socioeconómica del referido humedal, vulnerándose de esta forma el derecho a un ambiente sano en relación con las obligaciones que tiene el Estado en materia ambiental […]”.

Según Luisa Araúz, abogada del CIAM, esta decisión sienta un precedente "importante" para el derecho ambiental panameño, ya que el pleno reitera que el derecho a un ambiente sano es un derecho exigible y sujeto a tutela judicial, el cual está relacionado con el goce de otros derechos humanos fundamentales.

Representantes de la promotora Vertikal Corporation, Inc., han preferido no emitir comentarios al respecto.