Los diputados que integran la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional aprobaron luego de tres horas y media de discusión en primer debate el proyecto de ley No. 476, que crea la licencia de paternidad.
ANÁLISIS
Más temprano la Comisión de Trabajo comenzó la discusión del proyecto de ley No. 476, que crea la licencia de paternidad a los trabajadores de empresas privadas y los servidores públicos.
En la discusión del proyecto de ley estuvo presente el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Luis Ernesto Carles, quien estuvo acompañado de su equipo de trabajo.
No quedó establecido cuantas veces al año se puede pedir la licencia y además se incluyó al proyecto de ley original que de convertirse en ley deberá ser reglamentada.
En el primer artículo de esta nueva norma se establece que “el trabajador de empresa privada y el servidor público cuya esposa o compañera se encuentre en estado de gravidez gozará de una licencia remunerada por paternidad”.
Sobre el deber del trabajador se aclara en el segundo artículo que “deberá comunicar a su empleador o a la institución donde labora con una semana de anticipación, mediante certificado médico la fecha probable de parto”.
Uno de los puntos sobresalientes de este proyecto de ley es que “el trabajador de empresa privada y el servidor público quedan obligados a presentar ante su empleador el certificado de nacimiento emitido por la Dirección del Registro Civil del Tribunal Electoral”.
