La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá envió hoy al presidente Juan Carlos Varela una solicitud formal de veto parcial al proyecto de ley 10, el cual regula el cobro por el uso de estacionamientos en locales comerciales, hospitales, clínicas y oficinas públicas.
“Hemos elevado al Presidente de la República nuestra preocupación por la falta de consenso con la cual se aprobó este proyecto de ley, que atenta contra dos principios que están consagrados en nuestra Carta Magna: el libre comercio y la competencia; y el uso y disfrute de la propiedad privada”, manifestó Carlos Fernández, secretario de la Cámara.
Explicó que el gremio presentó durante la discusión de la iniciativa “diversas” propuestas de modificaciones ante la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional, luego lo hicieron ante el pleno Legislativo, “sin que estas fuesen acogidas por los honorables diputados”.
“Estamos firmemente convencidos de que no existe mejor mecanismo para el sector privado que la autorregulación y la libre competencia. Esto, además, le da múltiples beneficios al consumidor por oferta de precios y opciones”, sostuvo Fernández.
Indicó que varios propietarios de locales comerciales han implementado mecanismos de validación de estacionamientos para con sus clientes, tarifas progresivas y periodos de gratuidad, “todo esto a fin de asegurar la satisfacción de sus clientes en una clara y justa balanza de costo beneficio”.
“Solucionar la falta de estacionamientos va más allá de la gratuidad o no de los espacios de estacionamientos de los comercios”, acotó.
La propuesta de regular el cobro por el uso de estacionamientos fue presentada por los diputados del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Leandro Ávila y Javier Ortega, y modifica y adiciona artículos a la Ley No. 45 de 2007 sobre protección al consumidor, y regula el uso de los estacionamientos.
La iniciativa, aprobada en tercer debate el pasado 15 de enero, establece la gratuidad de los estacionamientos hasta por tres horas en centros comerciales y oficinas públicas donde se realicen compras, se adquieran bienes o se reciba algún servicio.
En el caso de las clínicas y hospitales, la normativa plantea que la gratuidad deberá ser de un período no inferior a dos horas para los pacientes y no inferior a una hora para los visitantes.
El documento también modifica el artículo No. 56 B de la Ley No. 45 de 2007, en el que se manifiesta que es nula cualquier cláusula insertada en los contratos, tiquetes o talones expedidos por el propietario o administrador de locales o centros comerciales que los exonere totalmente de responsabilidad por las pérdidas, hurtos, robos, accidentes o cualquier daño material en los vehículos de los consumidores.
La motivación del proyecto surgió porque, a juicio de los proponentes, hay un “abuso” hacia los usuarios en el cobro y no se garantiza la seguridad de los autos.
