Desde el pasado martes 10 de enero, los extranjeros que mantengan solicitudes de permanencia temporales o definitivas en Panamá, tendrán un permiso temporal de seis meses para concluir sus trámites.
Anteriormente y desde el año 2010, ese plazo era de un año.
Lo anterior está contenido en el Decreto Ejecutivo No. 590 del 28 de diciembre de 2016, divulgado en Gaceta Oficial el 10 de enero de 2017, con la firma del presidente Juan Carlos Varela y el ministro de Seguridad Pública, Alexis Bethancourt.
El documento alega que actualmente los trámites correspondientes a las solicitudes de las diferentes categorías migratorias se resuelven en menos de un año, “por lo que no es necesario que el carné de trámite tenga una vigencia por ese término”.
Lea el Decreto Ejecutivo No. 590 del 28 de diciembre de 2016 aquí.
A partir de la fecha el SNM otorga un carné de trámite por el término de 6 meses a los solicitantes de permisos. pic.twitter.com/OsQxZgQ17x
A partir de la fecha el SNM otorga un carné de trámite por el término de 6 meses a los solicitantes de permisos. pic.twitter.com/OsQxZgQ17x
— Migración Panamá (@migracionpanama) January 11, 2017
El Decreto Ejecutivo 590 del 28 de diciembre 2016, solo modifica el 2do párrafo del artículo 16 del Decreto 320 del 8 agosto 2008. pic.twitter.com/WNTYKxTDJA
El Decreto Ejecutivo 590 del 28 de diciembre 2016, solo modifica el 2do párrafo del artículo 16 del Decreto 320 del 8 agosto 2008. pic.twitter.com/WNTYKxTDJA
— Migración Panamá (@migracionpanama) January 11, 2017
