Los pacientes que utilicen cannabis medicinal en Panamá deberán registrarse oficialmente ante el Ministerio de Salud (Minsa), luego de la aprobación de un formulario que permitirá incorporarlos al sistema nacional que regula el acceso a este tipo de tratamientos.
La medida forma parte de la implementación de la Resolución No. 0416 del 12 de mayo de 2026 de la Dirección General de Salud Pública, publicada en Gaceta Oficial, la cual aprueba los formularios y certificaciones médicas necesarios para el registro de pacientes y acompañantes autorizados.
La normativa representa un paso clave en la aplicación de la Ley 242 de octubre de 2021, que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados en el país.
El sistema permitirá el registro de pacientes en la plataforma digital del Ministerio de Salud denominada Sistema para la Identificación de Usuarios de Cannabis Medicinal y Acompañantes Autorizados (Siucmaa), donde se concentrará la información oficial de los usuarios que reciben este tipo de tratamiento bajo prescripción médica.
Entre los datos requeridos figuran el nombre completo del paciente, número de identidad o pasaporte, fecha de nacimiento, dirección de residencia, información de contacto y datos del médico tratante. Además, el formulario deberá incluir la condición médica que motiva el tratamiento y la autorización correspondiente para el uso de cannabis medicinal.
La normativa también establece el registro de acompañantes autorizados, especialmente en casos de menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad que requieran asistencia durante el tratamiento.
La directora general de Salud Pública, Yelkis Gill, explicó que el formulario fue desarrollado junto a asociaciones médicas y tiene como objetivo ordenar el acceso, la prescripción y la dispensación en farmacias autorizadas.
“Se trabajó con las asociaciones para tener un formulario robusto que incluya por lo menos los síntomas, la edad del paciente y el nombre del médico que lo está prescribiendo”, indicó.
Gill recalcó que el acceso al cannabis medicinal no tiene restricciones por tipo de institución, ya que podrán acceder pacientes del Minsa, la Caja de Seguro Social (CSS) y clínicas privadas, siempre que exista indicación médica.
“No hay limitaciones para el acceso, salvo la indicación médica, porque son medicamentos de uso controlado para uso medicinal”, afirmó Gill.
El proceso establece que, una vez el paciente cuenta con receta médica y completa el formulario, la certificación será inmediata, lo que permitirá agilizar la dispensación del medicamento en farmacias autorizadas bajo supervisión de la Dirección de Farmacias y Drogas.
Actualmente, el sistema cuenta con alrededor de 400 pacientes registrados, cifra que las autoridades están validando para la planificación de compras y abastecimiento.
La resolución detalla que la certificación médica deberá incluir diagnóstico, indicación terapéutica, dosis recomendada, vía de administración, frecuencia y duración del tratamiento, y deberá ser emitida por un profesional reconocido por el Consejo Técnico de Salud Pública.
Adjuntos
Cannabis.pdfLas autoridades sanitarias señalaron que el objetivo del sistema es garantizar la trazabilidad, el control y la supervisión de los productos derivados del cannabis, evitando usos indebidos y fortaleciendo la vigilancia sanitaria.
En cuanto a las enfermedades asociadas, la Ley 242 permite el uso de cannabis medicinal en casos de epilepsia refractaria, dolor crónico de difícil manejo, esclerosis múltiple y enfermedades neurológicas, así como para aliviar síntomas relacionados con tratamientos oncológicos como náuseas, vómitos, pérdida de apetito y dolor persistente.
No obstante, su acceso no será automático. Cada caso deberá ser evaluado por un médico, quien determinará si el tratamiento es clínicamente adecuado para el paciente.
El Minsa estima que el sistema completo de registro y dispensación podría estar listo en menos de un mes, cuando se realice el lanzamiento oficial del programa con estadísticas consolidadas de su implementación.


