Colegio de Contadores Públicos objeta decreto del MEF que regula esa profesión

Colegio de Contadores Públicos objeta decreto del MEF que regula esa profesión
Se trata del Decreto Ejecutivo No. 176 del 30 de diciembre de 2024.

El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá (CPA) rechazó el nuevo decreto que reglamenta la ley que los regula.

Se trata del Decreto Ejecutivo No. 176 del 30 de diciembre de 2024, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas y publicado en la Gaceta Oficial N° 30187-C.

Dicha norma regula el ejercicio de la profesión de contadores. En un comunicado, el gremio recordó que, según la Ley 280, los actos propios de la profesión de CPA son claros y están debidamente delimitados, por lo que cualquier disposición que elimine o reduzca la obligatoriedad de contar con un contador es jurídicamente inválida.

Señaló, por ejemplo, que el decreto elimina la obligatoriedad del CPA. “Al dejar ‘a discreción’ la intervención de un contador en actividades propias de su profesión, se vulnera la esencia misma de la Ley 280, que exige que ciertos actos específicos, como auditorías, manejo contable, peritajes y certificaciones, entre otros, sean realizados exclusivamente por profesionales idóneos debidamente autorizados. Este cambio debilita el marco de control y transparencia que protege la economía nacional”, indicó.

Alegó, además, que el decreto genera un impacto negativo, señalando que la disposición propuesta no solo elimina oportunidades laborales para los CPA, sino que también pone “en riesgo la calidad de los servicios financieros y contables. La intervención de un CPA garantiza estándares éticos y técnicos que resguardan la confianza pública y privada”.

Indicó que la Ley 280 fue promulgada con el objetivo de fortalecer la profesión contable, proteger los intereses económicos de las partes involucradas y garantizar la calidad en los servicios contables. “El decreto, en lugar de complementar este propósito, parece desvirtuar la obligatoriedad de los CPA”, agregó.

Incluye, además, excepciones para ciertas entidades bajo regímenes especiales, lo cual sería inconsistente, añadió.

Lea: Comunicado del Colegio de Contadores.


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