NORMAS

Conducir ante el juez de paz: nueva medida para frenar a los ‘bien cuidados’

La medida busca frenar una práctica que persiste en distintos puntos del distrito capital y que ha generado reiteradas quejas ciudadanas.

Conducir ante el juez de paz: nueva medida para frenar a los ‘bien cuidados’
Un "buen cuidao" ofrece el servicio de vigilancia de vehículos en el Casco Antiguo. Archivo

El Concejo de Panamá endureció las sanciones contra los llamados “bien cuidados” al modificar la normativa vigente y autorizar que cualquier persona sorprendida en esta actividad sea conducida por la Policía Municipal o por cualquier estamento de seguridad pública ante un juez de paz para ser procesada.

La medida, que ya está en vigor y fue publicada este martes en la Gaceta Oficial, busca frenar una práctica que persiste en distintos puntos del distrito capital y que ha generado reiteradas quejas ciudadanas por el uso indebido del espacio público y la presión informal sobre los conductores.

Se trata del Acuerdo 114, una normativa que modifica el Acuerdo Municipal 14 de 2017 y refuerza las sanciones contra quienes ejercen la actividad conocida como “bien cuidado”; es decir, personas que exigen pagos informales a conductores por estacionar en la vía pública.

Conducir ante el juez de paz: nueva medida para frenar a los ‘bien cuidados’
La Policía Municipal es la encargada de los operativos contra los 'bien cuidao'. Cortesía

La medida responde al aumento sostenido de incidentes relacionados con esta práctica, que, pese a su prohibición desde 2017, sigue presente en distintos sectores del distrito capital. Solo entre 2022 y marzo de 2025, las Casas de Justicia Comunitaria de Paz tramitaron más de 340 casos. Las autoridades municipales consideran que las sanciones vigentes carecen de efecto disuasivo y ahora buscan establecer mecanismos más eficaces para garantizar el orden público.

Con esta modificación, se establece que cualquier persona sorprendida ejerciendo la actividad de “bien cuidado” será conducida ante un juez de paz, figura que sustituye legalmente al antiguo “corregidor” tras la entrada en vigor de la Ley 467 de abril de 2025. La medida también faculta a la Policía Nacional y a la Policía Municipal para realizar las aprehensiones. En caso de que la persona no porte identificación, será remitida a la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) para su individualización.

El acuerdo no solo refuerza la autoridad de los jueces comunitarios, sino que también incrementa significativamente las sanciones. Quienes incurran en esta práctica enfrentarán multas que van desde 300 hasta 1,000 balboas, o deberán cumplir de 15 a 90 días de trabajo comunitario.

En caso de reincidencia, las sanciones podrán aumentar hasta en un 50 %. La normativa prohíbe, además, la colocación de objetos en la vía pública para reservar espacios de estacionamiento, una práctica común en áreas comerciales y residenciales. Las autoridades esperan que el nuevo marco legal no solo reduzca estas conductas, sino que también devuelva el control del espacio público a la ciudadanía.

Según el Municipio de Panamá, esta medida busca modernizar su marco regulatorio y responder a las demandas ciudadanas sobre convivencia urbana.


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