El caso del médico neonatólogo Iván Sierra Robles comenzó en junio de 2013, cuando en la sala de Neonatología del Complejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid de la Caja de Seguro Social (CSS) fallecieron 13 neonatos por intoxicación con heparina sódica que contenía alcohol bencílico.
Según la investigación del Ministerio Público, funcionarios de la CSS incumplieron sus obligaciones, lo que provocó el deceso de los infantes que estaban bajo su responsabilidad. Durante el proceso, el Ministerio Público presentó una serie de evidencias sobre la falta de cumplimiento de los protocolos de verificación en la atención de los neonatos.

Después de procesos judiciales, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales reformó una sentencia del 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, y declaró culpables al médico Sierra Robles y a la farmacéutica Melia Mebis Mock Sevillano como autores del delito de homicidio culposo. Además, los inhabilitó para ejercer funciones públicas por un año, una vez cumplida la pena principal.
Inicialmente, el Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales dictó un fallo absolutorio a favor de los imputados; sin embargo, el Ministerio Público apeló esa decisión.
Posteriormente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no admitió un recurso de casación presentado por la defensa de Sierra Robles y Mock Sevillano, manteniendo la condena de 60 meses de prisión por homicidio culposo. En un fallo del 24 de junio de 2024, bajo la ponencia de la magistrada Ariadne García, la Sala Penal desestimó el recurso presentado por la defensa de ambos imputados.
El pasado mes de febrero, el Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá, conformado por los magistrados Gustavo de Gracia (presidente), Adilio González y Yiles Pittí, resolvió de forma unánime confirmar la decisión, otorgando trabajo comunitario al neonatólogo, condenado a 60 meses de prisión por homicidio culposo.
Como pena accesoria, Sierra Robles fue inhabilitado para ejercer funciones públicas por un año, una vez cumplida la pena principal, en el caso conocido como “neonatos”.
El tribunal ratificó la medida de trabajo comunitario y asignó a Sierra Robles la función de ayudante general en el Hospital del Niño Dr. José Renán Esquivel, al considerar que cumplía con los requisitos legales establecidos. Esta decisión se tomó tras evaluar las circunstancias del caso y la legislación vigente.
El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Manuel Abrego, mientras que la defensa legal de Sierra Robles estuvo a cargo de la abogada Marta Restrepo.
El médico neonatólogo ha argumentado en reiteradas ocasiones que los cargos imputados no correspondían a sus responsabilidades profesionales según los reglamentos. Aseguró que sus funciones como jefe de Neonatología eran principalmente administrativas y de supervisión del personal de salud y técnico.
Sierra Robles también ha resaltado el testimonio del exdirector del Instituto Especializado de Análisis de la Universidad de Panamá, Vasko Duque, quien declaró que la literatura científica no determina con certeza la concentración exacta a la que el alcohol bencílico puede resultar tóxico para un organismo específico.
Duque explicó que, aunque se reconoce la posible toxicidad del alcohol bencílico, no se puede establecer su concentración letal debido a la variabilidad entre organismos. Mencionó que, en casos reportados en Estados Unidos, tampoco se pudo confirmar con certeza que el alcohol bencílico fuera el causante directo de las muertes. Sin embargo, se observó una relación sospechosa entre su uso y los decesos.

