Ifarhu prevé pagar el tercer PASE-U 2025 a partir de enero de 2026

La entidad informó que, antes de efectuar el desembolso, será necesario verificar, en coordinación con el Ministerio de Educación (Meduca), la cifra definitiva de estudiantes que aprobaron el año escolar.

Ifarhu prevé pagar el tercer PASE-U 2025 a partir de enero de 2026
El tercer pago del PASE-U será en enero, pero no hay fecha específica. Cortesía

El Instituto para el Aprovechamiento de los Recursos Humanos (Ifarhu) informó que el pago del tercer desembolso del Programa de Asistencia Social Educativa Universal (PASE-U), correspondiente al año escolar 2025, podría iniciar en enero de 2026, una vez se confirme el listado oficial de estudiantes beneficiarios.

De acuerdo con la entidad, antes de efectuar el desembolso será necesario verificar, en coordinación con el Ministerio de Educación (Meduca), la cifra definitiva de estudiantes que aprobaron el año escolar, requisito indispensable para acceder al último pago del beneficio.

El Ifarhu no precisó una fecha exacta para el inicio del pago, pero reiteró que el proceso dependerá de la validación de la información académica remitida por Meduca, como parte de los controles establecidos para la ejecución del programa.

El PASE-U está dirigido a estudiantes de los niveles de primaria, premedia y media del sistema oficial, con el objetivo de contribuir a la permanencia y culminación de los estudios.

Causales de suspensión o cancelación del beneficio

El Ifarhu recordó que el beneficio del PASE-U puede ser suspendido o cancelado si el estudiante o su acudiente incurre en alguna de las causales establecidas en la normativa vigente. Entre estas se incluyen:

  • Incumplimiento del porcentaje de asistencia requerido en los centros educativos de primaria, premedia y media.

  • Expulsión del estudiante.

  • Uso inadecuado de la asignación económica otorgada por el programa.

  • Presentación o utilización de documentos falsificados o adulterados para optar por el beneficio.

  • Inasistencia del acudiente o tutor legal a las reuniones de seguimiento académico y conductual convocadas por el centro educativo.

  • Incurrir en infracciones a la ley penal confirmadas mediante sentencia en firme.

  • Traslado del estudiante a un centro educativo particular que no cumpla con los requisitos establecidos en la ley.

  • Renuncia expresa del acudiente o tutor legal al beneficio.

La entidad reiteró que estos controles buscan garantizar el uso adecuado de los recursos y el cumplimiento de los objetivos del programa, enfocados en apoyar la trayectoria educativa de los estudiantes beneficiarios.


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