Minsa prohíbe exigir certificados de salud mental para empleos, estudios y trámites

Minsa prohíbe exigir certificados de salud mental para empleos, estudios y trámites
El Ministerio de Salud prohibió exigir certificados de salud mental para empleos, estudios o trámites en Panamá y advirtió sanciones a instituciones públicas y privadas que mantengan ese requisito por considerarlo discriminatorio e ilegal.

El Ministerio de Salud (Minsa) ordenó la prohibición inmediata y obligatoria de exigir certificados de salud mental como requisito para acceder a empleos, ingresar a centros educativos o realizar trámites administrativos en Panamá, advirtiendo que las instituciones que incumplan podrán enfrentar sanciones legales y administrativas.

La disposición, emitida por la Dirección General de Salud Pública y la Sección Nacional de Salud Mental, aplica a todas las entidades públicas y privadas del país, incluyendo ministerios, municipios, fuerzas de seguridad, empresas, cooperativas, universidades, colegios, escuelas y agencias de empleo, así como instituciones educativas de todos los niveles: primaria, premedia, media, universitaria y de posgrado.

Según el Minsa, exigir este tipo de certificaciones constituye una práctica discriminatoria que vulnera la Ley 364 de 2023, la cual reconoce la salud mental como un derecho humano fundamental y protege a las personas de cualquier estigmatización en los ámbitos laboral y educativo.

Esta ley también obliga a todas las instituciones públicas y privadas a garantizar la no discriminación, la dignidad y la confidencialidad de las personas con condiciones o antecedentes de salud mental. En su artículo 5 consagra el derecho de toda persona a no ser identificada ni discriminada por padecer o haber padecido un trastorno mental, con protección expresa frente a la estigmatización en el empleo y la educación.

Adjuntos

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En un comunicado, el Minsa señaló que, desde el punto de vista clínico y científico, los certificados de salud mental carecen de valor predictivo para el desempeño laboral o educativo, ya que describen el estado de una persona en un momento específico y no predicen conductas futuras ni determinan idoneidad profesional.

Agregó que ninguna evaluación psiquiátrica o psicológica puntual puede funcionar como predictor de honestidad, desempeño laboral o cualidades personales. Su exigencia masiva, además, sobrecarga los servicios especializados e impide atender a quienes realmente necesitan atención clínica, en contradicción directa con el espíritu de la Resolución No. 637 del 7 de octubre de 2022.

En virtud de lo anterior, la Dirección General de Salud Pública instruyó a todas las instituciones destinatarias a cesar de forma inmediata la solicitud de certificados de salud mental como requisito de ingreso, matrícula, contratación, ascenso, renovación de contrato o cualquier otro trámite laboral o educativo de carácter general.

Asimismo, ordenó revisar y modificar todos los reglamentos, manuales de procedimientos, formularios de admisión y requisitos de contratación que actualmente incluyan la exigencia de un certificado de salud mental, eliminando dicho requisito de conformidad con la Ley No. 364 de 2023 y el Decreto Ejecutivo No. 61 de 2024.

Además, las entidades deberán informar y capacitar a su personal sobre esta disposición, a fin de garantizar que en ningún nivel de la institución se exija, solicite o condicione el acceso a servicios, empleos o educación al estado de salud mental de las personas.

El Minsa hizo la salvedad de que la única circunstancia en la que podría justificarse la evaluación de salud mental de un aspirante o trabajador es aquella en la que exista una tarea específica de alto riesgo claramente definida, de carácter individual, previa decisión debidamente fundamentada y bajo los criterios establecidos en el artículo 39 del Decreto Ejecutivo No. 61 de 2024.

Esta excepción jamás podrá aplicarse como requisito de carácter general ni extenderse a una categoría ocupacional completa.

El incumplimiento de la presente disposición constituye una violación a la Ley No. 364 de 2023 y podrá dar lugar a las responsabilidades administrativas y legales correspondientes, conforme al ordenamiento jurídico vigente. Las instituciones que mantengan este requisito tras la notificación de esta circular quedan sujetas a las acciones que la autoridad competente estime pertinentes.


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