El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó este martes 8 de septiembre de 2026 la Ley 547, que establece en Panamá el derecho al olvido oncológico y busca evitar que las personas que han superado el cáncer sean discriminadas al acceder a servicios bancarios, créditos y seguros.
A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, las personas que hayan finalizado su tratamiento contra el cáncer y se hayan mantenido libres de recurrencia o reincidencia durante al menos cinco años no estarán obligadas a declarar que padecieron la enfermedad al momento de contratar estos servicios.
La ley establece además que las empresas financieras y aseguradoras no podrán imponer, por ese antecedente médico, cláusulas, estipulaciones, exclusiones, restricciones, aumentos de primas o cualquier otra forma de discriminación cuando hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento sin una recaída posterior.
El concepto de olvido oncológico busca que una persona que haya superado una enfermedad oncológica no continúe siendo condicionada por ese antecedente médico una vez cumplido el periodo establecido sin una nueva manifestación de la enfermedad.
Presidente @JoseRaulMulino sancionó la Ley 547 del 8 de septiembre de 2026 que establece el derecho al olvido oncológico y dicta otras disposiciones.
— Astrid Salazar (@as_salazar) September 8, 2026
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer el derecho al olvido oncológico, a fin de
garantizar la igualdad y no… pic.twitter.com/VJA0d7mhMB
El ministro de Comercio e Industrias, Julio Moltó, quien también suscribió la nueva ley, destacó que Panamá se incorpora a una tendencia orientada a evitar que quienes han superado el cáncer enfrenten obstáculos financieros derivados de su historial médico.
“Panamá se suma con una visión que entiende que una persona no puede quedar condicionada para siempre por haber tenido una enfermedad que logró superar”, afirmó Moltó.
El ministro señaló que la medida busca facilitar que los sobrevivientes puedan retomar proyectos personales y económicos que anteriormente podían verse limitados por las condiciones impuestas al contratar productos financieros.
“Vencer el cáncer representa una de las pruebas más difíciles que puede enfrentar una persona y después de esta lucha, lo mínimo que corresponde es permitirle seguir adelante”, manifestó.
Moltó agregó que la legislación permitirá que estas personas puedan volver a considerar opciones como créditos hipotecarios, préstamos para adquirir bienes, seguros de vida y hospitalización, así como financiamiento para emprendimientos.
“Haber tenido cáncer no puede convertirse en una sentencia financiera para siempre, y esta ley le da fin a esto”, recalcó.
La iniciativa fue aprobada en agosto
La sanción presidencial ocurre después de que la Asamblea Nacional aprobara en tercer debate, en agosto pasado, el proyecto de Ley 350, con 41 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
La iniciativa fue presentada por el diputado independiente Jorge Bloise ante la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos, donde fue sometida a consultas con representantes de pacientes, especialistas y sectores bancario y asegurador.
El proyecto surgió ante situaciones enfrentadas por sobrevivientes de cáncer que, pese a haber concluido sus tratamientos y permanecer libres de la enfermedad, encontraban dificultades para acceder a préstamos hipotecarios, créditos personales, financiamiento de vehículos o seguros.

