Panamá endurece controles al transporte de carga y prohíbe la importación de camiones con más de 15 años

La Ley 538, promulgada el 24 de junio de 2026, endurece los controles al transporte internacional de carga en Panamá al exigir que los camiones con matrícula extranjera circulen únicamente por rutas y horarios autorizados.

Panamá endurece controles al transporte de carga y prohíbe la importación de camiones con más de 15 años
Panamá refuerza la seguridad vial con nuevas restricciones al transporte internacional de carga.Archivo

Panamá reforzará los controles sobre el transporte internacional de carga y prohibirá la importación de camiones con más de 15 años de antigüedad, tras la entrada en vigor de la Ley 538 del 23 de junio de 2026, que modifica la Ley 51 de 2017 y establece nuevas medidas para fortalecer la seguridad vial y garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales de los transportistas.

La nueva legislación, promulgada mediante la Gaceta Oficial el 24 de junio de 2026, introduce requisitos más estrictos para los vehículos de carga con matrícula extranjera que ingresen al territorio nacional.

Entre las disposiciones más relevantes, se establece que estos vehículos deberán transitar exclusivamente por las rutas y en los horarios oficiales autorizados para el transporte de carga internacional.

Además, las autoridades realizarán verificaciones tanto al ingreso como a la salida del país para comprobar que los transportistas no mantengan multas de tránsito pendientes, sanciones derivadas de infracciones ni procesos legales relacionados con accidentes ocurridos dentro del territorio nacional.

La ley también busca garantizar que los transportistas extranjeros cumplan con el pago de las obligaciones económicas pendientes antes de abandonar el país.

Por otra parte, la normativa establece nuevas restricciones para la importación de vehículos de carga. Entre ellas, destaca la prohibición de importar camiones que presenten alteraciones en su identificación o estructura.

La Ley 538 dispone que no podrán ser importados los vehículos cuyo Número de Identificación Vehicular (VIN, por sus siglas en inglés) haya sido manipulado, alterado o adulterado.

Tampoco se permitirá la importación de camiones que presenten modificaciones estructurales en el chasis, como cortes, uniones, alargamientos o recortes que comprometan su seguridad o capacidad de carga.

La normativa contempla una excepción para las soldaduras realizadas con fines de reparación, siempre que cumplan con estándares técnicos certificados y no alteren la estructura original del vehículo.

Asimismo, queda prohibida la importación de vehículos de carga con una antigüedad de 15 años o más, contados a partir de su fecha de fabricación. La medida busca modernizar la flota destinada al transporte de mercancías y promover el uso de unidades que cumplan con las normas ambientales nacionales e internacionales.

La Ley 538 entrará en vigor al día siguiente de su promulgación, por lo que sus disposiciones tendrán un impacto inmediato tanto en las operaciones de importación de vehículos de carga como en el tránsito internacional de mercancías que cruza las fronteras panameñas.


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